REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 18 de Abril de 2007
196º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-S-2004-002169
ASUNTO : IP01-S-2004-002169




AUTO DECRETANDO EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES


En fecha 24 de Octubre de 2005, este Tribunal, de conformidad a lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, fijó un plazo de Sesenta (60) días, a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público del Estado Falcón, para que presentara el respectivo acto conclusivo en el presente asunto seguido en contra del ciudadano NORQUIS ANTONIO BERMUDEZ , venezolano, titular de la cédula de identidad N° 9.581.149, y domiciliado en la calle Ayacucho, N° 135, entre avenidas Bolivar y Brasil, Punto Fijo, Estado Falcón, a quien se le imputa el delito de Lesiones Personales Culposas. Este tribunal observa que la Fiscalía Segunda hasta la presente fecha no ha interpuesto acto conclusivo alguno en contra del referido imputado, se decreta el Archivo de las actuaciones que conforman el presente asunto, cesando así a partir de la presente fecha todas las Medidas Cautelares a las que se encuentra sometido el mencionado ciudadano, así como también su condición de imputado, de conformidad con lo establecido en el artículo 314 de la norma adjetiva penal y así se decide.
Por lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decreta El Archivo de las Actuaciones del presente asunto signado con el numero: IP01-P-2004-00002169, que se sigue en contra del ciudadano NORQUIS ANTONIO BERMUDEZ HERNANDEZ, antes bien identificado, de conformidad con lo previsto en los artículos 313 y 314 del Código Orgánico procesal Penal. Notifíquese a las partes. Este Tribunal no teniendo mas requerimientos sobre los cuales pronunciarse, ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público del Estado Falcón, a los fines del pronunciamiento sobre el acto conclusivo que corresponda. Infórmese al archivo de la presente resolución y actualícese la fase y estado del presente asunto en el Sistema Iuris 2000. Cúmplase. Cúmplase.

JUEZ PRIMERO DE CONTROL
ALFREDO ANTONIO CAMPOS LOAIZA
SECRETARIA
MAYSBEL MARTINEZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado.-
La Secretaria.-