REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN. EXTENSIÓN TUCACAS.-

SALA ÚNICA DE JUICIO.-
Tucacas, 03 de abril de 2007
196º y 148º

SOLICITANTE: Fiscal Décimo Octavo del Ministerio
Publico de la Circunscripción Judicial
Del Estado Falcón, en Representación
de la ciudadana DIGNA ROSA
BETANCOURT madre de la Adolescente
DOREXYS MILAGRO JIMENEZ
BETANCOURT.


MOTIVO: Rectificación de Partida de Nacimiento.

Exp Nº 1152.

Por recibida la anterior solicitud suscrita por el Fiscal Décimo Octavo del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón José La Cruz Viloria en representación de la ciudadana DIGNA ROSA BETANCOURT, madre de la adolescente DOREXYS MILAGRO JIMENEZ BETANCOURT junto con sus anexos. Désele Entrada, fórmese expediente y anótese en el Libro Correspondiente. Por cuanto el contenido de la misma no es contrario a Derecho al Orden Público, a las Buenas Costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley. SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho por el Fiscal Décimo Octavo del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón José La Cruz Viloria en representación de la ciudadana DIGNA ROSA BETANCOURT, madre de la adolescente DOREXYS MILAGRO JIMENEZ BETANCOURT solicita por ante este Tribunal, se ordene la Rectificación de Partida de Nacimiento, la cual corre inserta bajo el Acta Nº 47, de fecha 14 de Agosto de 1990, de los libros de Primera Autoridad y Registro Civil del Municipio Acosta del Estado Falcón, como lo expresa el solicitante en su escrito, la referida acta de nacimiento presenta el error material en el nombre de la Madre del la Adolescente, el cual fue asentado de




la siguiente manera donde dice: “ROSA DIGNA”, debe decir “DIGNA ROSA” siendo lo correcto y verdadero, para los efectos probatorios, el solicitante consignó con su escrito Partida de Nacimiento de la Adolescente, Fotocopia de Cedula de Identidad de la madre. De dichos recaudos se evidencia la veracidad de los hechos planteados, e igualmente analizada Partida de Nacimiento de la Adolescente, Fotocopia de Cédula de Identidad de la Madre consignada. Por cuanto el error denunciado no amerita la tramitación de un Juicio de Rectificación de Acta de Nacimiento, y por no existir interesados algunos que pudieran ser perjudicados, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil, 501 del Código Civil Venezolano, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón Extensión Tucacas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, ordena en forma SUMARIA, ESTAMPAR la debida nota marginal en el Acta de Nacimiento del Adolescente DOREXYS MILAGRO JIMENEZ BETANCOURT, solicita por ante este Tribunal, se ordene la Rectificación de Partida de Nacimiento, la cual corre inserta bajo el Acta Nº 47, de fecha 14 de Agosto de 1990, el cual fue asentado de la siguiente manera donde dice: “ROSA DIGNA”, debe decir “DIGNA ROSA”, siendo lo correcto y verdadero. Expídanse por Secretaria copias certificadas del presente auto que fueren menesteres a los interesados y envíense las necesarias a las autoridades civiles competentes. Líbrense oficios. Cúmplase con lo ordenado. Dada firmada y sellada en la Sala de Juicio de este Tribunal a los tres (03) días del mes de Abril de dos mil siete (2007). A los ciento noventa y seis (196º) años de la Independencia y ciento cuarenta y ocho (148º) de la Federación.---------------------------------------------------------------------------------
LA JUEZ TEMPORAL: (FDO)-----------------------------------------------

Abg. MARITZA FIGUERA JARAMILLO.---------------------------------
----------------------------------EL SECRETARIO (FDO)-------------------
GUSTAVO ADOLFO BRAVO JIMENEZ
En la misma fecha se dictó y publico la anterior rectificación, siendo las 11:00 a.m.--------------------------------------------------------
---------------------------------EL SECRETARIO-----------------------------
La Juez (fdo) Abg. Maritza Figuera Jaramillo, el Secretario, (fdo) Gustavo Adolfo Bravo Jimenez, En la misma fecha se público la anterior sentencia a las 11:00. a.m, el Secretario (fdo) Gustavo Adolfo Bravo Jimenez. Se encuentra estampado en húmedo el sello de Tribunal…” La presente es copia fiel y exacta de su original de cuya exactitud doy fe y expido en Tucacas, a los tres (03) días del mes de Abril de 2007.- Años 196º de la Independencia y 148º de la Federación.-

EL SECRETARIO.


Exp Nº 1152.
MAFJ/gabj/manuel.