REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 25 de Abril de 2007
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2007-000725
ASUNTO : IP11-P-2007-000725


AUTO DECRETANDO MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA VICTIMA


Visto el escrito presentado por la abogada: Mary Luz Ramírez Rosales, en su condición de Fiscal Superior del Estado Falcón, mediante el cual solicita que se adopten medidas necesarias tendientes a la protección y garantía de la integridad física del ciudadano: Luis Aldama Martínez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 12.789.614, domiciliado en la Calle Urdaneta, Sector El Cerro, casa N° 28 Municipio Los Taques del Estado Falcón, quien es Victima directa en causa llevada por la representación de la fiscalía Sexta signada con el N°. 11F6-01169-07 por la presunta comisión de uno de los delitos contra las Personas donde aparece como presuntos imputados los ciudadanos Ramón Henrich y Marcos Zavala; por cuanto los presuntos imputados desde hacen aproximadamente dos meses lo están amenazando. Este Tribunal para proveer sobre dicha solicitud observa que efectivamente el artículo 82 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, faculta al Fiscal Superior para que solicite que se tomen las medidas necesarias para la protección de la integridad de las víctimas, de tal manera que dicha protección fue agregada como nuevo principio rector del Derecho Procesal Penal Venezolano en el artículo 23 del Código Orgánico Procesal Penal y corresponde a este Tribunal hacer respetar las garantías procesales de conformidad con lo establecido en el artículo 64, Ejusdem, en tal sentido es procedente lo solicitado por la Fiscalía. En consecuencia este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara procedente la solicitud fiscal y Ordena solicitar la Colaboración de los efectivos de Polifalcón con sede en la zona policial N° 8 a los fines que realicen patrullaje en la dirección donde reside la ciudadano Luis Aldama Martínez, igualmente que realicen una coordinación con la victima y sus familiares a los fines de ser auxiliados con la premura que el caso lo amerite. Así mismo se ordena una vez librada los correspondientes oficios dar por terminado el presente asunto y su remisión a la fiscalía correspondiente. Ofíciese lo conducente. Cúmplase

Jueza Primero de Control.-

Secretaria

Abg. Morela Ferrer de Coronado

Abg. Roxana Morillo