REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 27 de Abril de 2007
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2006-001406
ASUNTO : IP11-P-2006-001406
AUTO DE SUBSANACIÓN.-
Por cuanto en fecha 25-04-2007 se decreto la entrega en calidad de guarda y custodia del vehículo MARCA: CHEVROLET; MODELO: CORSA; AÑO: 2001; USO: PARTICULAR, COLOR: ROJO; TIPO: SEDAN, SERIAL CARROCERIA:8Z1SC21Z91V305502; SERIAL DEL MOTOR:91V305502; CLASE: AUTOMIVIL; PLACAS: AET-72W, perteneciente al ciudadano Andry Argel Linares Marín, titular de la cédula de identidad N° 13.108.254; ahora bien por error involuntario el número de cédula antes indicado es erróneo y siendo el correcto V-13.108.245 como se evidencia en fotocopia de la cédula de identidad presentada por el ciudadano Andry Argel Linares Marín; por ser éste un error de forma el cual puede ser saneado y de conformidad a lo previsto en el artículo 192 del Código Orgánico Procesal Penal.- Notifíquese, Ofíciese lo conducente.-
Jueza Primero de Control
Secretaria
Abg. Morela Ferrer de Coronado
Abg. Roxana Morillo