REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Extensión Punto Fijo
Punto Fijo, 16 de Abril de 2007
196º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-S-2004-002420
ASUNTO : IP11-S-2004-002420
AUTO MEDIANTE EL CUAL SE DECRETA SIN LUGAR EL RECURSO DE REVOCACIÓN
Visto el escrito interpuesto por el abogado WILMER ANTONIO BRACHO PEREZ, obrando con el carácter de Apoderado de los ciudadanos MARÍA SÁNCHEZ, ALQUIMAR RAMÓN SÁNCHEZ y ANA LOURDES GOMEZ FERRER, madre, hermano y viuda del ciudadano quien en vida respondiera al nombre de VIANIS LAGUNA FERRER, y quien aparece como victima en el presente asunto penal, seguido contra los ciudadanos Alfredo José Zárraga Talavera y Rowin Rafael Zarraga Kelly, a través del cual interpuso recurso de revocación contra el auto motivado a través del cual este Tribunal en fecha 2 de febrero de 2007, cambio el lugar donde se encontraba cumpliendo la medida privativa de libertad el ciudadano acusado Alfredo José Zárraga Talavera, del Internado Judicial al Reten de la Zona Policial N° 01 de la Comandancia de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón.
Observa este Tribunal a los fines de resolver sobre lo solicitado por el Abg, Wilmer Bracho, que el auto a través del cual esta juzgadora ordeno el cambio de sitio de reclusión del ciudadano acusado Alfredo José Zárraga Talavera, desde el Internado Judicial de Falcón, hasta la Comandancia General de la Policial del Estado Flacón, específicamente el Reten de la Zona Policial No. 1, y acordó mantener la Medida de Privación Judicial Preventiva de la Libertad que le fuera decretada al referido acusado ALFREDO JOSÉ ZARRAGA TALAVERA, por el Tribunal de Control; tal decisión la tomo esta juzgadora basándose en no solo la comunicación remitida a este Tribunal, por la Abg. Lucy Chiquinquirá Fernández Villalobos, en su carácter de Fiscal Décima Séptima del Ministerio Público con competencia en Ejecución de Penal y Derechos Fundamentales, sino también por garantizar el derecho a la vida y la integridad física del acusado Alfredo José Zárraga Talavera, por cuanto existían serias dudas con respecto a la capacidad del Internado de salvaguardar tales derechos.
DECISIÓN
Por tales razones este Tribunal, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el recurso de revocación interpuesto de conformidad con lo establecido en los Artículos 444, 445 del Código Orgánico Procesal Penal, y mantiene la decisión del cambio de sitio de reclusión, no sin antes hacer la salvedad que el Tribunal en su oportunidad examinará si han cesado las condiciones por las cuales se encontraba amenazada la integridad física del acusado Alfredo José Zárraga Talavera. En consecuencia Notifíquese al Fiscal 6° del Ministerio Público, a los defensores privados, al representante de las víctimas y al acusado ALFREDO JOSÉ ZARRAGA TALAVERA. Y así se decide. Regístrese, publíquese y Cúmplase con lo ordenado. En Punto Fijo a los dieciséis (16) días del mes de abril de dos mil siete (2007), a los 196° de la Independencia y 147° de la Federación.-
LA JUEZ PRIMERO DE JUICIO
ABG. RITA CÁCERES
LA SECRETARIA DE SALA
ABG. ELIMAR LUGO
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