REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN CORO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 30 de Abril de 2007
197º y 148º
ASUNTO: IP01-P-2007-000216
AUTO DECRETANDO SOBRESEIMIENTO ORDINAL 2°
En fecha 11/01/2007, el Abg. ANTONIO DENIS DE JESUS actuando con el carácter de Fiscal Vigésimo Séptimo del Ministerio Público a Nivel Nacional con Competencia Plena, presentó escrito por intermedio de la Oficina del Alguacilazgo, mediante el cual solicitó el Sobreseimiento de la causa conforme a lo previsto en el ordinal 2° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal.
IDENTIFICACION DEL IMPUTADO
El presente asunto se instruye en contra de: MOUSTAFA ABED MARAWAM y ZAINAB SHENANEH DE MOUSTAFA, titulares de las cedulas de identidad N° 6.841.508 y 15.316.856 respectivamente.
Recibida la causa en este Tribunal, se le dio entrada en los Libros correspondientes, bajo el N°: IP01-P-2007-000216.
DE LOS HECHOS
En fecha 10/10/2003, la Institución Financiera Banco Confederado, emitido Reporte de Actividades Sospechosas, por cuanto el ciudadano MOUSTAFA ABED MARAWAM, quien mantiene una Cuenta Corriente signada bajo el N° 156-40184-0, y en fecha 12/06/2002, efectuó un retiro por la cantidad de 171.080.792,oo Bolívares. Igualmente reportan que la Unidad Nacional de Inteligencia Financiera que el 20 de septiembre de 2001, se recibió reporte de la Empresa bancaria citada en el que la ciudadana ZAINAB SHENANEH DE MOUSTAFA, recibió en su cuenta de ahorro depósitos estructurados que fueron retirados mediante cheques de gerencia en dólares así como transferencias para ser enviadas a Jordania.
Así mismo en fecha 26/03/2004, la representación fiscal ordeno el inicio de la averiguación.
Igualmente se observa que la comisión llego a la conclusión de “Que…los fondos de origen conocidos percibidos en la cuenta… se corresponden con la operatividad de la empresa”.
MOTIVACIONES PARA DECIDIR
La Representación Fiscal solicita el Sobreseimiento de la causa de conformidad con el artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que las transacciones realizadas por los ciudadanos MOUSTAFA ABED MARAWAM y ZAINAB SHENANEH DE MOUSTAFA, han sido actividades propias del lícito comercio.
Este Tribunal entra a analizar las presentes actuaciones y observa que tal y como lo afirma la representación fiscal, las diligencias efectuadas no arrojaron elementos de convicción con los cuales se pueda determinar la comisión de algún hecho punible que pudiera ser encuadrada dentro de la Ley sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas vigente para la época ni en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada, ya que la actividad realizada por los ciudadanos antes nombrados s totalmente licita, tal y como se evidencia de las experticias practicadas, por tanto el hecho objeto de este proceso no se realizo, por lo tanto es procedente declarar con Lugar la solicitud fiscal, por encontrarse ajustada a derecho, ya de igual forma, esta Juzgadora estimó que no fue necesario convocar a las partes a la Audiencia Oral a la cual se refiere el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal. Y ASI SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO, en el asunto penal signado con números y letras IP01-P-2007-000216, seguido contra los Ciudadana: MOUSTAFA ABED MARAWAM y ZAINAB SHENANEH DE MOUSTAFA, titulares de las cedulas de identidad N ° 6.841.508 y 15.316.856 respectivamente y Declara Extinguida la Acción Penal en la presente causa, de conformidad con el ordinal 2° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, Publíquese, Notifíquese de conformidad al 181 de la norma adjetiva penal y Remítase la causa al Archivo Judicial en la oportunidad legal correspondiente.
ABG. RAIZA MAVAREZ DE ACOSTA
JUEZA QUINTA DE CONTROL
ABG. MARIA ROSSEL
LA SECRETARIA