REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 2 de Abril de 2007
196º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2007-000410
ASUNTO : IP11-P-2007-000410
AUTO DECLARANDO SIN LUGAR SOLICITUD DE NULIDAD
En fecha 22 de Marzo de 2007, se llevo a efecto Reconocimiento de Rueda de individuos en el presente asunto, en la cual; los defensores Abg. Ramón Navas manifestó a favor de sus defendidos: Adelso Gamboa y Gino Johan González; y el Abg. Eliézer Navarro manifestó a favor de sus defendidos: Javier Alexander Castillo y José Luis García; solicitando la nulidad del Reconocimiento de Rueda de Individuos por cuanto la ciudadana Ninfa Díaz Valdez manifestó que había visto a los ciudadanos antes señalados en la Cede de Policial ubicada en la avenida Rafael González.
Ahora bien en fecha 22-03-2007, se realizo las respectiva Rueda de Reconocimiento de Individuos con la presencia del Juez Competente; Secretaria; Alguacil; Fiscal del Ministerio Publico; Víctima; abogados Defensores, Imputados; prestando el debido juramento de ley las ciudadanas reconocedoras, razón por la cual éste es el verdadero acto de Rueda de Individuos en virtud que se encuentran presentes todas las partes, preservando de ésta manera los Derechos y Garantías Constitucionales establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; en consecuencia éste Juzgado Segundo de Control en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Sin Lugar la solicitud de nulidad de parte de la defensa; de conformidad a lo previsto en los artículos 49 y 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Así decide.-
Jueza Segundo de Control Secretario
Abg. Morela Ferrer de Coronado Abg. Jamil Richani