REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA
En fecha 15/04/2008, se le da entrada a Mandamiento de Ejecución emanado del Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, contentivo de Desalojo de un Bien Inmueble plenamente identificado; en consecuencia, este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordena el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, una vez que lo solicite el interesado, la cual se fijará mediante auto separado.-
En fecha 16/04/2008, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia estampada por el Abg. Guido Bladimir Leal, Apoderado Judicial de la ciudadana Luz del Valle Álvarez Álvarez, donde solicita se fije oportunidad para la práctica de la Medida a que se contrae las presentes actuaciones; en consecuencia, este Tribunal ordena su traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada a fin de darle cumplimiento al Mandamiento de Ejecución, fijándose para ello el día respectivo, este Tribunal se abstiene de designar como Depositaria Judicial a la Sociedad Mercantil Depositaria Judicial Falcón, C. A., en virtud de información suministrada mediante Circular N° 10, de Fecha 09/05/2006, emanada de la Rectoría Judicial del Estado Falcón, y a solicitud del Ejecutante se designan a los Auxiliares de Justicia a quienes se les libra Boleta de Notificación; asimismo se libran oficios a los organismo competentes.-
En fecha 28/04/2008, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia estampada por el Abg. Guido Bladimir Leal, donde solicita el diferimiento de la práctica de la Medida de Desalojo a que se contrae las presentes actuaciones, acordado en la presente fecha 28/04/2008; en consecuencia, este Tribunal acuerda conceder nueva oportunidad para la ejecución de la Medida, una vez que la parte así lo solicita, por auto separado.-
En fecha 13/11/2008, se dicta auto, por cuanto este Tribunal observa que han transcurrido más de tres (03) meses de inactividad sin que la parte interesada dé impulso al cumplimiento del presente despacho, contándose desde la última actuación de fecha 25/04/2008; en consecuencia se ordena su remisión al Tribunal comitente. En esta misma fecha se remite mediante oficio N° 312-2008, constante de dieciseis (16) folios útiles, sin cumplir.-