REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

En fecha 09/04/2008, se le da entrada a Despacho de Comisión emanado del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, contentivo de Decreto Medida de Secuestro sobre un Bien Inmueble plenamente identificado en éste; en consecuencia, este Tribunal a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, ordena el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, una vez que lo solicite el interesado, la cual se fijará mediante auto separado.-
En fecha 17/04/2008, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia estampada por el ciudadano Fernando Américo Porzia Spaccalegne, asistido por el Abg. Manuel Urbina, donde solicita se fije oportunidad para la práctica de la Medida a que se contrae las presentes actuaciones; en consecuencia, este Tribunal ordena su traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada a fin de darle cumplimiento a la Medida de secuestro, fijándose para ello el día respectivo; este Tribunal se abstiene de designar como Depositaria Judicial a la Sociedad Mercantil Depositaria Judicial Falcón, C. A., en virtud de información suministrada mediante Circular N° 10, de Fecha 09/05/2006, emanada de la Rectoría del Circuito Judicial del Estado Falcón; y a solicitud del diligenciante, se designan a los Auxiliares de Justicia a quienes se les libra Boleta de Notificación; asimismo se libran oficios a los organismo competentes.-
En fecha 17/04/2008, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia estampada por el ciudadano Fernando Américo Porzia Spaccalegne, asistido por el Abg. Manuel Urbina, donde otorga Poder Apud-Acta, amplio y suficiente en cuanto a derecho se requiere al abogado Manuel Urbina Villavicencio; en consecuencia, se tiene como parte en el presente juicio al Abg. Manuel Urbina Villavicencio.
En fecha 24/04/2008, se levanta acta, a fin de darle fiel cumplimiento al Despacho emanado del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, librado en el Juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, seguido por el Abg. MANUEL URBINA, actuando con el carácter de Apoderado Judicial del ciudadano FERNANDO AMÉRICO PORZIA SPACCALEGNE, parte Demandante, cualidad ésta que se desprende del Poder Apud-Acta que le fuera conferido por el ciudadano FERNANDO AMÉRICO PORZIA SPACCALEGNE, parte Demandante, por ante este Tribunal Ejecutor de Medidas en fecha 17 de abril de 2.008, en contra del ciudadano DELKYS OSMAN DÍAZ BLANCO, y en el cual se Decretó Medida Preventiva de Secuestro sobre un Bien Inmueble constituido por un local comercial, plenamente identificado en éste; en dicho acto, notificado como fue el Demandado y la cónyuge del demandado, el Apoderado Actor solicito la Materialización de la Medida; seguidamente comparece el Abg. Fernando Yvan Pirela, quien asiste en este acto al Demandado, por lo que ambas partes convienen en celebrar una transacción judicial en los términos explanados en el acta, por lo que este Ejecutor se abstiene de practicar la Medida Preventiva de Secuestro conferido y ordena mantener el presente Despacho hasta tanto conste en autos la entrega formal del inmueble en cuestión. Siendo las 12:30 p.m., se concluye el acto.-
En fecha 28/05/2008, se dicta auto, donde se le da entrada a diligencia estampada por el Abg. Manuel Urbina solicitando la remisión de las resultas del mismo, al Tribunal de Origen, toda vez que la Pate Demandada cumplió las condiciones establecidas en el presente caso. En esta misma fecha se remite, mediante Oficio N° 164-2008, constante de diecinueve (19) folios útiles, debidamente cumplida.-