REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BILIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 02 de abril de 2008.
197 y 149
Promovidos y evacuados como ha sido las declaraciones de testigos, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor de derecho y declara las presentes actuaciones HEREDEROS UNIVERSALES DE LA DIFUNTA ciudadana ZENAIDA CARBALLO GALINDEZ, quien en vida era titular de la cédula de identidad No. 4.281.556, a favor de los ciudadanos JOSE LUIS PALACIO CARBALLO, YACIRA DORLYS PALACIO CARBALLO, DORNIS YADIRA PALACIOS CARBALLO, FRANCISCO ANTONIO CARBALLO y YOSKAR MANUEL BRAVO CARBALLO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. 6.328.447, 10.540.289, 14.875.937, 15.151.886 y 18.708.016, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase al interesado previa su certificación en autos dejando en su lugar copia certificada y anotación en el libro de salidas respectivos llevados por ante este Juzgado. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
EL SECRETARIO TITULAR,
DRA. ELIZABETH BRETO GONZALEZ.
ABG. JOSE OMAR GONZALEZ.
EXP. S-6930.
EBG/JOG/RB.-