REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BILIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, 21 de abril de 2008.
197 y 149
Promovidos y evacuados como ha sido las declaraciones de testigos, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor de derecho y declara las presentes actuaciones HEREDEROS UNIVERSALES DE LA DIFUNTA ciudadana MIREYA JOSEFINA BRICEÑO DE MUSSO, quien en vida era titular de la cédula de identidad No. 5.575.818, a favor de los ciudadanos ORLANDO MAURICIO MUSSO PONTE, KLEIDI MARISOL MUSSO BRICEÑO y KEYLA KATERINE MUSSO BRICEÑO, quienes son de nacionalidad venezolana, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. 5.094.077, 15.831.619 y 17.155.876, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase al interesado previa su certificación en autos dejando en su lugar copia certificada y anotación en el libro de salidas respectivos llevados por ante este Juzgado. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
EL SECRETARIO TITULAR,
DRA. ELIZABETH BRETO GONZALEZ.
ABG. JOSE OMAR GONZALEZ.
EXP. S-6957.
EBG/JOG/RB.-