REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 04 de Abril de 2.008.
197° y 149°

Promovidas y evacuadas como han sido las declaraciones de testigos, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor de derecho, declara como UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES de la ciudadana HEDID MARÍA PEREZ DE LAURENS, quien en vida fuera venezolana, titular de la cédula de identidad No. V-11.234.573, a su esposo ORLANDO ANTONIO LAURENS GUILLEN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-15.366.588, y a sus tres (03) hijos legítimos ciudadanos JONATHAN LAURENS PEREZ, ODALIS KATHERINE LAURENS PEREZ, y ORLANDO ENRIQUE LAURENS PEREZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.952.440, V-15.616.592 y V-12.626.376 respectivamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase al interesado previa su certificación en autos dejando en su lugar copia certificada y anotación en el libro de salidas respectivos llevados por ante este Juzgado. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


EL SECRETARIO TITULAR,
DRA. ELIZABETH BRETO GONZÁLEZ.-

ABG. JOSÉ OMAR GONZÁLEZ.-


Exp.: S-6853
EBG/JOG/Ana*