REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
-EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
EXPEDIENTE Nro: 8054.
MOTIVO: Intimación.
PARTE INTIMANTE: Ciudadano EUDO OMAR MOSQUERA FLORES, venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, civil y jurídicamente hábil, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-7.843.532, domiciliado en la ciudad de Punto Fijo, Municipio Autónomo Carirubana del Estado Falcón.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE INTIMANTE: Abogados FRANKLIN RAFAEL GONZALEZ MARTINEZ, EDGAR COROMOTO COLINA ARCAYA, FÉLIX IRENEO SÁNCHEZ PADILLA, NELLY CALLES ARCAYA, MARLENYS LUGO MALDONADO y EDGAR LUGO MOLINA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.528.967, V-3.392.016, V-3.391.009, V-7.571.872 y V-9.809.536 y V-15.981.618, respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 50.520, 12.156, 12.472, 74.685, 75.048 y 115.126.
PARTE INTIMADA: Ciudadano VENANCIO JOSÉ POLANCO GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.806.828, domiciliado en la Avenida 07, Casa Nro. 67, Urbanización Maracardón, Sector Puerta Maraven, Parroquia Punta Cardón, Municipio Autónomo Carirubana del Estado Falcón.
MATERIA: Civil.
El Tribunal vista la diligencia suscrita por el abogado FRANKLIN GONZALEZ, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte intimante ciudadano EUDO OMAR MOSQUERA FLORES, en fecha 28 de Marzo de 2008 (folio 21), y vista así mismo diligencia suscrita por el alguacil titular de este despacho ciudadano Luís Hernández, en fecha 04 de Marzo de 2.008 (folio 19) en el cual consigna boleta de intimación debidamente firmada por el intimado de autos ciudadano VENANCIO JOSÉ POLANCO GONZALEZ, y vencido el lapso concedido para la oposición al decreto intimatorio sin que la parte intimada compareciera ni por si, ni por medio de apoderado, y de conformidad a lo establecido en el articulo 651 del Código de Procedimiento Civil el cual dispone: “….Si el intimado o el defensor en su caso, no formulare oposición dentro de los plazos mencionados, no podrá ya formularse y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada”, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada.
Publíquese y Regístrese
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. En Punto Fijo, a los Once (11) días del mes de Abril del Año Dos Mil Ocho (2.008).- Años: 197º de la Independencia y 149º de la Federación.
El Juez Titular,
Abog. Camilo Hurtado Lores.
La Secretaria Titular,
Abog. Maraly Marín.





CHL/hjt.-
Exp. 8054.