REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL




JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS SILVA, MONSEÑOR ITURRIZA Y PALMASOLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN CON SEDE EN TUCACAS.

Tucacas, 04 de Agosto de 2.008.-
Años: 198º y 149º.-



DEMANDANTE: CRISTIAN COROMOTO GUEVARA, Asistida por el
Abogado FREDDY RODRIGUEZ.
DEMANDADO: BERIOZKA TORREALBA MONTOYA..
MOTIVO: RESOLUCIÓN DE CONTRATO

Por cuanto de autos se desprende que desde la fecha 18 de Febrero de 2003, fecha ésta en que la parte demandante realizó la ultima actuación en la presente causa, observando así esta Juzgadora que estando la parte actora a derecho, hasta la presente fecha 04-08-2008 no se ha apersonado a la sede del Tribunal, verificándose que ha transcurrido más de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por la misma, en el expediente signado con el Nº 132-2002, constituyendo esto un medio de terminación procesal que opera por la inactividad de las partes litigantes, materializándose así la perdida de interés de la accionante, en razón de que ha transcurrido el lapso previsto en los supuestos de hecho del articulo 267 del Código de Procedimiento civil, el cual dispone que “toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes….”. Motivo por el cual, este JUZGADO LOS MUNICIPIOS SILVA, MONSEÑOR ITURRIZA Y PALMASOLA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, administrando Justicia en nombre de LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA PERIMIDA LA INSTANCIA, por haber transcurrido el lapso establecido en el Articulo 267 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Articulo 269. Ejusdem. Cúmplase.-
LA JUEZ PROVISORIO.-



Abg. DALMIRA MARIA BARRERA.-



EL SECRETARIO.-



Abg. LEONARDO ANTONIO BRACHO.-


En la misma fecha de hoy, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede. Conste.-


EL SECRETARIO.-



Abg. LEONARDO ANTONIO BRACHO.-




DMB/mmc*
Expediente Nº 132-2002.-