REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio. Juez Unipersonal Nº XV
Caracas, catorce (14) de Agosto de Dos Mil Ocho (2008)
Años: 198º y 149º

ASUNTO: AP51-S-2008-014472
Recibido el presente escrito de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), por ante quien se identificó a su presentante NADHEZTKA PONCE, en su carácter de Defensora Pública Décima Tercera de Protección del Niño y del adolescente del Área Metropolitana de Caracas actuando en defensa de los derechos e intereses de los niños (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA), désele entrada y anótese en los libros correspondientes.
Revisadas las actas que conforman el presente asunto, contentivo de Convenio de Fijación de Obligación de Manutención suscrito por los ciudadanos SULEIMA CONTRERAS RANGEL y ARGIMIRO ANTONIO RODRIGUEZ BELMONTE, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 11.942.178 y V-16.705.756 respectivamente, a favor de los niños de autos, esta Jueza Unipersonal Nº XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la admite y administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACIÓN a dicha acta de convenimiento en cada una de sus partes, para lo cual se ordena formar un solo cuerpo con el presente fallo a los fines legales consiguientes, dándole carácter de Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Expídanse por Secretaría copias certificadas del acuerdo y del presente auto y entréguense a los interesados a los fines legales consiguientes. Cúmplase.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dado, firmado y sellado por la Jueza Unipersonal N° XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los catorce (14) días del mes de Agosto de Dos Mil Ocho (2008). Año 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
EL(A) JUEZ(A)

Abg. Yumildre Castillo Herdé
LA SECRETARIA

Abg. Karla Salas
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia.
LA SECRETARIA

Abg. Karla Salas
YCH/KS/ych.
Motivo: Homologación de Obligación de Manutención.-
ASUNTO: AP51-S-2008-014472