REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio, Juez Unipersonal Nº 15
Caracas, catorce (14) de Agosto de 2008
198º y 149º

ASUNTO: AP51-V-2007-021536

Recibido el presente escrito de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), por ante quien se identificó a su presentante LESTER OSWALDO SILVA TORRES, venezolano, mayor de edad de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V-12.762.144, en su carácter de padre de la niña (Se omite su identificación según lo dispuesto en el Artículo 65 de la LOPNA), debidamente asistido por la abogada NAHYLA COROMOTO SUAREZ MARQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 70.848 contra la ciudadana LIKARLIS COROMOTO TOVAR MATUTE, venezolana, mayor de edad de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V. 15.759.871.
Revisadas las actas que conforman el presente asunto, contentivo de Demanda de fijación de Régimen de Visitas (hoy Régimen de Convivencia Familiar) y específicamente el acta de convenimiento de fecha siete (07) de Agosto de 2008, celebrado en la sede de la Oficina del Equipo Multidisciplinario (OEM) de este Circuito Judicial, cursante al folio treinta y ocho (38) y treinta y nueve (39) del presente asunto, suscrito por los ciudadanos LESTER OSWALDO SILVA TORRES y LIKARLIS COROMOTO TOVAR MATUTE, de nacionalidad venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 12.762.144 y V. 15.759.871 respectivamente, a favor de la niña de autos, esta Jueza Unipersonal Nº XV de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte su respectiva HOMOLOGACIÓN a dicha acta de convenimiento en cada una de sus partes, para lo cual se ordena formar un solo cuerpo con el presente fallo a los fines legales consiguientes, dándole carácter de Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Expídanse por Secretaría copias certificadas del acuerdo y del presente auto y entréguense a los interesados a los fines legales consiguientes. Cúmplase.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dado, firmado y sellado por la Jueza Unipersonal N° 15 de la Sala de Juicio del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los catorce (14) días del mes de Agosto de Dos Mil Ocho (2008). Año 198° de la Independencia y 149° de la Federación.
EL(A) JUEZ(A)
Abg. Yumildre Castillo Herdé
LA SECRETARIA
Abg. Karla Salas
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia.
LA SECRETARIA
Abg. Karla Salas
YCH/KS/ych.
Motivo: Homologación de transacción judicial
ASUNTO: AP51-V-2007-021536