REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA PODER JUDICIAL Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Falcón- Punto Fijo Punto Fijo, Diecisiete (17) de Diciembre del Dos Mil Ocho (2008) 198º y 149º Sentencia Nº PJ0032008000156 Asunto Nº IH31-L-1999-000001 DEMANADANTES: YANELIS YAKELIN CHAVEZ y YENNY COROMOTO BRAVO ARTEAGA, Venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V- 10.150.160 y V-11.763.997. APODERADAS JUDICIALES: JUAN CARLOS BRETT, PERFECTO CALDERA, OLUDOET RODRIGUEZ y NOHIRIA COLINA PRIMERA, inscritos en el inpreabogado bajo los Números: 42.701, 2.091, 43.853 y 56.599. DEMANDADO: PANADERIA EL TRIGAL, C.A. APODERADOS JUDICIALES: JORGE LUIS GARCES, MARINO LUGO MALDONADO y GLADYS DIAZ BORGES, Inscritos en el Inpreabogado bajo los Números 43.962, 58.970 y 31.005. MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES. Correspondió a esta Juzgadora, conocer del escrito presentado por la parte demandante Ciudadanas YANELIS YAKELIN CHAVEZ y YENNY COROMOTO BRAVO ARTEAGA, Venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Números V- 10.150.160 y V-11.763.997, debidamente asistido por sus apoderadas Judiciales abogados JUAN CARLOS BRETT, PERFECTO CALDERA, OLUDOET RODRIGUEZ y NOHIRIA COLINA PRIMERA, inscritos en el inpreabogado bajo los Números: 42.701, 2.091, 43.853 y 56.599, y por la parte demandada empresa PANADERIA EL TRIGAL, C.A, debidamente representada por su apoderado Judicial abogado JORGE LUIS GARCES inscrito en el IPSA bajo los Nº 43.962. En fecha 24 de Abril de 2008, este juzgado dicto auto en el cual le ordeno a la Oficina de Control de Consignaciones la entrega de las cantidades depositadas a favor de las demandantes identificadas en autos, en fecha 18 de Junio de 2008, es agregado al expediente el Oficio remitido a este despacho de fecha, 17 de Junio de 2008, en el cual la Oficina de Control de consignaciones manifiesta que cumplió con lo ordenado en el referido auto. Este Tribunal en vista de que, el retiro de las cantidades depositadas a favor de las Ciudadanas YANELIS YAKELIN CHAVEZ y YENNY COROMOTO BRAVO ARTEAGA, ha sido conforme a derecho, da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas del orden publico, este Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución HOMOLOGA, el cumplimiento por parte de la PANADERIA EL TRIGAL, de lo ordenado por este Juzgado, en el presente proceso y EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y CON AUTORIDAD DE LA LEY, LE OTORGA CARÁCTER DE COSA JUZGADA y visto que la pretensión objeto de este proceso ha sido homologada; se ordena Oficiar a la Coordinación Judicial para el archivo definitivo de este expediente mediante auto que declare la presente Sentencia Definitivamente Firme, una vez vencido el lapso de Cinco (05) para que ejerzan los recursos que ha bien consideren las partes. Se expiden dos (2) ejemplares certificados de la misma. PUBLIQUESE Y REGISTRSE Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con Sede en Punto Fijo. En el día de hoy Diecisiete (17) de Diciembre de Dos Mil Ocho (2008), siendo las Doce y Cuarenta y Cinco de la Tarde (12:45 p.m.). Años: 198° de la Independencia y 149º de la Federación.- LA JUEZA TEMPORAL ABG. MIRLA BIANEXIS MALAVE SAEZ LA SECRETARIA ABG. ROSALY MUÑOZ CHIRINO Nota: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.- LA SECRETARIA ABG. ROSALY MUÑOZ CHIRINO Exp. IH31-L-1999-000001.-