REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Falcón- Punto Fijo
Punto Fijo, Dieciocho (18) de Diciembre de dos mil Ocho (2008)
198º y 149º
ASUNTO: IP31-L-2008-000202.-

SENTENCIA DE TRANSACCION
Sentencia N° PJ003200800158

DEMANDANTE: MARTA PATRICIA JIMENEZ DE CAYAMA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V- 14.802.996.

ABOGADO ASISTENTE: Abg. MARINO ALFONSO LUGO MALDONADO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V- 9.589.372, inscrito en el inpreabogado bajo el Número: 58.970.

DEMANDADA: HOTEL HOLIDAY C.A.

APODERADO JUDICIAL: Abg. JORGE LUIS GARCE3S GARCIA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V- 9.804..695, inscrito en el inpreabogado bajo el Número: 43.962.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Corresponde a esta Juzgadora, por distribución de fecha 04 de Noviembre de Dos Mil Ocho (2008), conocer del escrito Transaccional de fecha, 17 de Diciembre del año en curso presentado por la Ciudadana MARTA PATRICIA JIMENEZ DE CAYAMA, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V- 14.802.996, debidamente asistida por el abogado MARINO ALFONSO LUGO MALDONADO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V- 9.589.372, inscrito en el inpreabogado bajo el Número: 58.970, por una parte y por la otra el apoderado Judicial del HOTEL HOLIDAY C.A, abogado JORGE LUIS GARCE3S GARCIA, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número V- 9.804..695, inscrito en el inpreabogado bajo el Número: 43.962, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución tanto del Nuevo como del viejo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, presidido por la Jueza Temporal Abg. MIRLA MALAVE SAEZ, visto que las partes de común acuerdo han transado de la siguiente manera: El Demandado HOTEL HOLIDAY C.A, debidamente representado por su apoderado Judicial abogado JORGE LUIS GARCE3S GARCIA, ya anteriormente identificado, le cancelo en fecha 17de Diciembre de 2008, en Cheque Nº 66705901, Cuenta Corriente Nº 0114-0251-85-2515002947, Girado en contra del Banco BANCARIBE, por la cantidad de OCHO MIL QUINIENTOS BOLIVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS ( Bs. F. 8.500,00), a nombre del apoderado Judicial de la parte demandante MARTA JIMENEZ, solicitando que se homologue esta auto composición Procesal y se archive definitivamente el expediente. Este Tribunal en vista de que, la Transacción es un modo de AUTO COMPOSICION PROCESAL, y la misma ha sido conforme a derecho, da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador ni normas del orden publico, este juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución HOMOLOGA LA TRANSACCION DE LAS PARTES y CON AUTORIDAD DE LA LEY Y EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, LE OTORGA CARÁCTER DE COSA JUZGADA. Se ordena remitir el presente asunto mediante auto que declare definitivamente firme esta Transacción, a la coordinación para el archivo definitivo del presente expediente, una vez transcurrido el lapso Cinco (05) días para que ejercieran cualquier recurso. Se expiden dos (2) ejemplares certificados de la misma.
PUBLIQUESE Y REGISTRSE
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con Sede en Punto Fijo. En el día de hoy Dieciocho (18) de Diciembre de dos mil Ocho (2008), siendo las Once y Dieciséis de la Mañana (11:16 a.m.). Años: 198° de la Independencia y 149º de la Federación.-
LA JUEZA TEMPORAL

ABG. MIRLA MALAVE SAEZ

LA SECRETARIA,

ABG. ROXANNA MORILLO

Nota: En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado. Conste.-
LA SECRETARIA,
ABG. ROXANNA MORILLO
Exp. IP31-L-2008-000202.-