REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE




JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DE TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.


Expediente Nº 9314.
 DEMANDANTE: Carmen Guanipa de Sánchez y Alfonso J. Sánchez Guanipa, Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio.
 DEMANDADOS: Francisco Rodríguez Guanipa, Dagoberto Rodríguez Flores y Otros.
 MOTIVO: Nulidad de Contrato de Arrendamiento.

Quien suscribe luego de analizada las actas del expediente observa:
 Que en fecha 10 de Julio del 2007, se admitió formal demanda de Nulidad de Contrato de Arrendamiento, presentada por los ciudadanos Carmen Guanipa de Sánchez y Alfonso J. Sánchez Guanipa, asistidos por el abogado José Graterol, en contra de los ciudadanos Francisco Rodríguez Guanipa, Dagoberto Rodríguez Flores y Otros.
Asimismo se puede evidenciar en la presente causa, que la parte actora a la presente fecha no le ha conferido el correspondiente impulso procesal para así continuar el curso de la presente causa, de conformidad con el artículo 267 ordinal 1° del Código de Procedimiento Civil, se DECLARA LA PERENCIÓN DE INSTANCIA EN LA PRESENTE CAUSA. ASI SE DECIDE.
PUBLIQUESE y REGISTRESE
DADO, FIRMADO Y SELLADO EN LA SALA DEL DESPACHO DEL JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON. EN SANTA ANA DE CORO A LOS 30 DIAS DEL MES DE ENERO DE DOS MIL OCHO (2008) AÑOS: 196 DE LA INDEPENDENCIA Y 147 DE LA FEDERACIÓN.
EL JUEZ TEMPORAL

ABOG. EDUARDO YUGURI PRIMERA
LA SECRETARIA TIT.

ABG. DENNY CUELLO
NOTA: En la misma fecha se publicó la anterior decisión siendo las 10:00 a. m., previo el anuncio de Ley, quedando anotada bajo el No 058, del Libro Control de Sentencias.
LA SECRETARIA TIT.