Siendo la oportunidad legal fijada y a señalamiento del Abg. Julio César Sinopoli, inscrito en el Inpreabogado Nro. 106.624, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la empresa Distribuidora de Tubos Falcón (DISTUFALCA), en el juicio por intimación seguido contra la Sociedad Mercantil Rivero Hernández C.A. (RIHERCA), se traslado y constituyo el Tribunal Ejecutor de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en la sede de la entidad Bancaria Banco Sofitasa, Banco Universal, ubicada en la calle Comercio con esquina calle Ecuador de la ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón, con el objeto de proceder a la practica de la medida de embargo preventivo a que se contrae la comisión emanada del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. El Tribunal notificó de su misión a la ciudadana Dora E. Romero R., titular de la Cédula de Identidad Nro. 7.524.520, en su condición de Gerente de Agencia de la Entidad bancaria, donde nos encontramos constituidos. Interviene el apoderado actor, identificado ut supra y expone: Señalo para que sea embargado el monto demandado, la cuenta corriente Nro. 0137-0058-37-0000017071, cuyo titular es la empresa Rivero Hernández, C.A., (RIHERCA), parte demandada en la causa origen de esta comisión. Es todo. El Tribunal insta a la notificada a informar al Tribunal si en la cuenta señalada por la actora hay fondos para ser embargados. Interviene la notificada y expone: La empresa RIHERCA, si es titular de la cuenta corriente Nro. 0137-0058-37-0000017071, y si posee fondos suficientes para el embargo. Es todo. El Tribunal Ejecutor procede a la ejecución de la medida informándole a la notificada que deberá bloqueará el monto demandado, es decir, la cantidad de Bs. F. (27.017,54), quien hizo lo conducente, por lo que el Tribunal de Medidas del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EMBARGADA PREVENTIVAMENTE, la cantidad de Bs. F. (27.017,54), que se encuentra depositada en la cuenta corriente Nro. 0137-0058-37-0000017071, cuyo titular es la empresa demandada Sociedad Mercantil Rivero Hernández, C.A. (RIHERCA). Se designa como Depositaria Judicial a la entidad Bancaria BANFOANDES, notificándole a su vez a la Gerente de Agencia que deberá emitir un Cheque de Gerencia por dicha cantidad a nombre del Juzgado Comitente. Es todo. La notificada interviene y expone: Consigno Cheque de Gerencia signado cobro el Nro. 00096984, por la cantidad de Bs. F. (27.017,54), de esta misma fecha, girado contra el Banco Sofitasa, Agencia Punto Fijo-Falcón, a nombre del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil del Estado Falcón. Es todo. El Tribunal Ejecutor, visto el cheque consignado por el monto demandado por la notificada en este acto, acuerda agregarlo a las presentes actuaciones, devolver la presente comisión al Juzgado Comitente debidamente cumplida y su reconstitución a su sede natural…Es todo. Terminó, se leyó y firman conformes…
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