REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 17 enero de 2.008
197° y 148°
Visto el escrito de AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesto por el ciudadano ESTALEY FALCON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-4.587.890, abogado en ejercicio, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 91.017, en su carácter de apoderado judicial de la parte presuntamente agraviada ciudadana HILDA AGUILERA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.224.762, domiciliada en: Calle Sur 11, entre las esquinas de Urdaneta y Salón Urbanización el Conde Parroquia San Agustín Municipio Libertador del Distrito Capital, este Tribunal lo ADMITE cuanto ha lugar en derecho, en consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el 23 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se ordena la notificación del presuntamente agraviante ciudadano MENDEZ GUILLEN RAMON OSWALDO, venezolano, mayor de edad de este domicilio titular de la cédula de identidad Nro.V- 4.422.905, en representación de la sucesión JUAN WALDO MENDEZ SALAZAR, para que en el lapso de las noventa y seis (96) horas siguientes a la constancia en autos de su notificación, se fije oportunidad para que se verifique la Audiencia Oral y Pública. Notifíquese mediante oficio al Fiscal del Ministerio Público acerca de la apertura del presente procedimiento, tal como lo establece el Artículo 15 de la precitada Ley y acompáñese a la misma copia certificada del escrito de la solicitud y del presente auto. Líbrese Boleta y Oficio una vez conste en autos los fotostatos requeridos.-
EL JUEZ TEMPORAL,

DR. JUAN CARLOS VARELA,
EL SECRETARIO TITULAR,

ABG. JOSE OMAR GONZALEZ.-



JCV*JOG*Gustavo.
Exp. 25.416