REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Falcón- Punto Fijo
Punto Fijo, veinticuatro (24) de Enero de Dos Mil Ocho
197º y 148º
ASUNTO : IH31-S-2006-000002
OFERENTE: HAFRAN SERVICIOS MULTIPLES, C.A.
OFERIDO: YAJAIRA PETIT
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO
Visto el oficio N° 001-2008-0CT, emitido por la Oficina de Control de Consignaciones, de fecha 14 de enero del presente año, mediante el cual se constata efectivamente que la ciudadana Yajaira Petit, en fecha 18 de julio del 2007, cobro la cantidad ofrecida por la empresa Hafran Servicios Múltiples, C.A. de CINCO MILLONES SESENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS TREINTA Y UN BOLIVARES CON DIEZ CENTIMOS (Bs. 5.079.731,10), más los intereses generados depositada en la Entidad Financiera Banfoandes, en la cuanta de ahorro N° 0007-0113-11-0010005207. En consecuencia este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara Homologado el acuerdo logrado entre las partes, pues la cantidad ofrecida fue aceptada y cobrada por el oferido, dándole valor de cosa juzgada. Así se decide.
PUBLIQUESE, REGISTRSE Y NOTIFIQUESE
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Cuarta de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con Sede en Punto Fijo. En Punto Fijo, a los veinticuatro (24) días del mes de Enero del Dos Mil Ocho (2008). Años 197 de La Independencia y 148 de la Federación.
LA JUEZA TITULAR
ABG. MARINA MAILENE MELENDEZ FONTANA
LA SECRETARIA
ABG. DORIMAR CHIQUITO
Nota: Siendo Las 11:50 a.m. se publicó la anterior decisión, conste.
LA SECRETARIA
ABG. DORIMAR CHIQUITO
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