REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENSIÓN PUNTO FIJO.

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.-
Punto Fijo, 10 de Enero de 2008.
Años: 197 y 148.-
Vista la diligencia que antecede (folio 94), suscrita por el abogado en ejercicio FRANCISCO LIMONCHY, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.751.118, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 91.211, actuando con el carácter de apoderado judicial de la demandante Sociedad Mercantil INVERSIONES LEJAMA, C.A., en el cual consigna constante de cinco folios útiles, copia certificada emanada por la Notaria Pública Segunda de Punto Fijo de fecha 20 de diciembre de 2.007, quedando registrado bajo el Nro. 43, Tomo 116, de los libros respectivos donde se establece el acuerdo de pago suscrito por los abogados JESÚS ALBERTO DICURU ANTONETTI y FRANCISCO LIMONCHY, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.967.677 y V-6.751.118, en su carácter de apoderados judiciales de la demandante Sociedad Mercantil INVERSIONES LEJAMA, C.A., y por la otra el ciudadano HECTOR JOSÉ ZAVALA CASTELLANO, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.786.974, en su carácter de Presidente de la demandada Firma Mercantil CONSTRUCTORA DE DISEÑOS Y OBRAS CIVILES (DOCCA), el tribunal por cuanto la misma no es contraria a derecho, le imparte su aprobación en los términos y condiciones establecidas por las partes y la homologa con el carácter de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Se suspende la medida preventiva de embargo decretada en fecha 18 de Diciembre de 2007 (cuaderno de medida), sobre bienes muebles propiedad de la demandada Firma Mercantil CONSTRUCTORA DE DISEÑOS Y OBRAS CIVILES, C.A., (DOCCA) y ofíciese al Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, participándole la suspensión de la misma, hecho lo cual archívese el expediente, con posterior remisión al Archivo Judicial en la oportunidad que corresponda. Agréguese el documento consignado, líbrese lo ordenado y déjese constancia.-
El Juez Titular,
Abg. Camilo Hurtado Lores.-
La Secretaria Titular,
Abg. Maraly Marín.-