REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
 
Coro, 10 de Enero de 2008
 
197º y 148º
 
 
ASUNTO: IP01-P-2007-002442
 
 
AUTO ACORDANDO LA EXTENSIÓN DEL REGIMEN DE PRESENTACIÓNES 
 
	Visto el escrito presentado por la defensora Pública Tercera Penal Abogada Yrene Tremont, mediante el cual solicita para su defendido la ampliación del régimen de presentaciones decretadas en fecha: 21-05-07 por éste Tribunal  de cada 15 días por cada 45 días por cuanto su defendido:  YOHANY   JAVIER   CUART  GONZALEZ, titular   de cedula de identidad  N° 11.802.627, domiciliado en el Puerto Pesquero de Zazárida, Calle Principal, casa de color azul, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVES, Estado Falcón; previsto y sancionado en el Artículo 415 del Código Penal; quién labora como pescador reside en la Población de Zazarida y se le dificulta el traslado ésta ciudad por no contar con los suficientes recursos económicos como sufragar los gastos y la necesidad de trabajar es por lo que solicita le sea ampliado el régimen de presentaciones a cada 45 días, acompañando a su solicitud constancia de Trabajo suscrita por el Consejo Comunal de Zazárida.
 
	 Analizadas todas y cada una de las actuaciones que conforman el presente expediente éste Tribunal considera ajustada a derecho la solicitud de la defensa y en consecuencia la declara con lugar y acuerda la extensión del régimen de presentaciones a partir de la presente fecha a cada 45 días, y así se decide.- 
 
 
DISPOSITIVA
 
	Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Quinto de Control de Coro Estado Falcón administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: CON LUGAR, lo solicitado por la Defensora Pública Tercer Abg. Yrene Tremont y en consecuencia AMPLÍA A PARTIR DE LA PRESENTE FECHA EL RÉGIMEN DE PRESENTACIONES PERIÓDICAS al ciudadano: YOHANY   JAVIER   CUART  GONZALEZ, titular   de cedula de identidad  N ° 11.802.627, domiciliado en el Puerto Pesquero de Zazárida, Calle Principal, casa de color azul, a quien se le sigue el presente asunto penal, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES GRAVES, Estado Falcón; previsto y sancionado en el Artículo 415 del Código Penal, QUIEN A PARTIR DE LA PRESENTE FECHA SE PRESENTARÁ CADA 45 DÍAS POR ANTE ÉSTE TRIBUNAL.  Regístrese, publíquese y notifíquense a las partes de la presente decisión.  Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía Cuarta del Ministerio Público. Cúmplase.
 
 
 
ABG. RAIZA MAVAREZ DE ACOSTA
 
   JUEZA QUINTA DE CONTROL
 
 
ABG. ELINDA PRIETO CÁRDENAS
 
LA SECRETARIA DE SALA
 
 
 
 
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