REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 7 de Enero de 2008
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2007-002184
ASUNTO : IP11-P-2007-002184


AUTO QUE DECRETA MEDIDA PREVENTIVA PRIVATIVA DE LIBERTAD

El día 21 de diciembre de Dos Mil Siete, se efectuó la audueicia oral de presentación, en virtud de la orden de presentación que corre inserta en la causa N° IP11-P-2007-002184, donde aparece solicitado el ciudadano RONALD RAFAEL MAURI, quien es de nacionalidad Venezolana, de 26 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-21.492.724, nacido en fecha 04/07/1981, Estado Civil Soltero, de Profesión u Oficio Buhonero, natural de Maracaibo y residenciado en la Calle 900, Casa S/n, del Sector de Manzanillo, Maracaibo Estado Zulia, Alias “EL CUCO”, por estar presuntamente involucrado en la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto en el Artículo 406 Ordinal 1° del código Penal Venezolano, en perjuicio del Ciudadano quien en vida respondiera al nombre de MIGUEL ANGEL TRASMONTE BERMUDEZ, (OCCISO), y quien fuera de nacionalidad Venezolana, de 27 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.796.584, de estado civil Soltero, de profesión u Oficio Agente adscrito alo Cuerpo de Investigaciones Científicas penales y Criminalísticas de Punto Fijo Estado Falcón
Conforme a lo dispuesto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, el Juez de Control, a solicitud del Ministerio Público , podrá decretar la privación preventiva de libertad del imputado siempre que se acredite la existencia de:

1°. Un hecho punible que merezca pena privativa de libertad y cuya acción penal no se encuentre evidentemente prescrita:

Cursa en el asunto, Protocolo de Autopsia de fecha 16 de Julio de 2007, suscrito por el medico Forense Dr. GIUSSEPPE CARUZO POEIRO, adscrito Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub- Delegación Punto Fijo Estado Falcón, de la cual se desprende la Causa de la muerte de quien en vida respondiera al nombre de MIGUEL ANGEL TRASMONTE de lo cual, se establece la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto en el Artículo 406 Ordinal 1° del código Penal Venezolano, el que en virtud de su reciente data no se encuentra evidentemente prescrito de conformidad con lo establecido en el artículo 108 ejusdem.

2° Fundados elementos de convicción para estimar que el imputado ha sido autor o participe en la comisión del hecho punible:

• Corre inserta en el presente asunto, acta de Investigación, suscrita en fecha 14 de Julio de 2007, por el Agente DREWIN GRANADILLO y los Inspectores JOSE GAMEZ, ARGENIS SUARCE, JOSE ALCALDE, ALBERTO RODRIGUEZ, LUIS CHIRINOS, el Sub-Inspector RAMON MARTINEZ, el Detective OSCAR MORALES y el Agente OMAR BERMUDEZ, funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub- Delegación Punto Fijo Estado Falcón; de la cual se desprende las circunstancias de modo, tiempo y lugar en las cuales tuvieron conocimiento de los hechos y de las primeras diligencias que realizaron en el sitio del suceso.
• Corre inserto en el asunto acta de Inspección N° 1996, con sus respectivas fijaciones fotográficas, de fecha 14 de Julio de Dos Mil Siete (2007), y elaborada por los funcionarios: agente DREWIN GRANADILLO, Inspector JOSE GAMEZ, Inspector ARGENIS SUARCE, Inspector JOSE ALCALDE, Inspector ALBERTO RODRIGUEZ, Inspector LUIS CHIRINOS, Sub-Inspector RAMON MARTINEZ, Detective OSCAR MORALES y Agente OMAR BERMUDEZ, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub- Delegación Punto Fijo Estado Falcón; de la cual se desprende las características físicas y ubicación del sitio del suceso, el cual no es otro sino la BARRA DEL CENTRO HIPICO “EL BAHAREQUE”; donde se logró colectar como evidencia de interés criminalisticos un plomo parcialmente deformado y sustancia de color pardo rojiza; dicho local posee en su interior varias cámaras filmadoras ubicadas en distintos sitios.
• Cursa en el presente asunto, Acta de Inspección N° 1998, con sus respectivas fijaciones fotográficas, de fecha 14 de Julio de Dos Mil Siete (2007), por los funcionarios: agente DREWIN GRANADILLO, Inspector JOSE GAMEZ, Inspector ARGENIS SUARCE, Inspector JOSE ALCALDE, Inspector ALBERTO RODRIGUEZ, Inspector LUIS CHIRINOS, Sub-Inspector RAMON MARTINEZ, Detective OSCAR MORALES y Agente OMAR BERMUDEZ, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub- Delegación Punto Fijo Estado Falcón; en la cual dejan constancia del Levantamiento del cadáver de quien en vida respondiera al nombre de MIGUEL ANGEL TRASMONTE, en la Morgue del Hospital Dr. Rafael Calles Sierra de Punto Fijo Estado Falcón.
• Cursa en el asunto el Registro de Cadena de Custodia, Planilla N° P-340, de fecha 14 de Julio de 2007, entregado por el Funcionario Detective OSCAR MORALES y recibido por la Funcionaria CRISAURA DELGADO, ambos adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub- Delegación Punto Fijo Estado Falcón, de la cual se desprende las características de las evidencias colectadas durante la inspección técnica.
• Corre inserto Acta de Investigación Criminal, suscrita en fecha 14 de Julio de 2007, suscrita por el Agente OMAR BERMUDEZ, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub-Delegación Punto Fijo Estado Falcón, de la cual se desprende que fueron incluidas en el Sistema Computarizado SIPOL, las dos Armas de Fuego que le fueran sustraídas al Occiso MIGUEL ANGEL TRASMONTE y al Funcionario FREDDY TORRES, por el imputado y sus acompañantes el día de los hechos.
• Corre inserto Oficio N° 9700-33360, de 16 de Julio de 2007, suscrito por el Comisario Elio Juárez, en su carácter de Jefe del CICPC, Sub- Delegación Punto Fijo Estado Falcón, en el cual se remitió al Laboratorio de Física Comparativa Audiovisual de la Delegación Caracas Distrito Capital, un disco compacto a los fines de ser sometido a un análisis de contenido y practicada fijaciones fotográficas, las cuales constan el en presente Asunto.
• Cursa en el asunto, Protocolo de Autopsia de fecha 16 de Julio de 2007, suscrito por el medico Forense Dr. GIUSSEPPE CARUZO POEIRO, adscrito Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub- Delegación Punto Fijo Estado Falcón, de la cual se desprende la Causa de la muerte de quien en vida respondiera al nombre de MIGUEL ANGEL TRASMONTE.
• Corre inserto Registro de Cadena de Custodia, Planilla N° 365, de fecha 14 de Julio de 2007, entregado por el Funcionario ANGEL VELASQUEZ y recibido por CRISAURA DELGADO, adscrita al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Sub- Delegación Punto Fijo, del Estado Falcón, de la cual se desprende las características físicas de una evidencia colectada en el sitio del suceso y sus respectivas fijaciones fotográficas.
• Corre inserto, Acta de Investigación suscrita en fecha 20 de Agosto de 2007, de la cual se desprende los datos filiatorios del hoy imputado, y quien se encuentra detenido por la presunta comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO.
• Cursa anexo Actas de Entrevistas de los testigos presénciales de los hechos y mencionan las características físicas de los sujetos que perpetraron el hecho, los cuales son concordantes con las del imputado de marras, entre los cuales se encuentran los Ciudadanos:
1. SANCHEZ MONTERO MILEIDA BEATRIZ, quien se encontraba dentro del local bahareque y observo a través de las cámaras que tres tipos portando armas de fuego están atracando la gente del local y escucho unos disparos y vio las muchachas llorando y un señor herido, el cual fue trasladado por funcionarios de la PTJ. Así mismo indico que Carolina, una e las muchachas, había informado que un tipo que había entrado lo conocía y era un atracador. Así mismo expuso que los sujetos que ingresaron eran un gordo, blanco, de estatura mediana, pelo corto, con gorra azul, de unos 34 años, y vestía blue jeans y chaqueta negra y el otro es moreno de estatura mediana, delgado, pelo corto, usaba gorra azul, de unos 27 años, vestido con blue Jean y franela blanca, y este es el sujeto que carolina conoce, y el otro es moreno, de estatura mediana, de contextura regular, pelo corto, con gorra de color negra, de 30 años de edad, vestía blue jeans y franela negra
2. ELIAANNYS YESENIA ARIAS ZAMBRANO, quien indico que trabaja como mesonera en el Bahareque, y como a las 5 estaba en la barra, escucho un disparo y vio que corrieron 3 tipos, y se metió a la cocina. Y cuando salio vio en el salio vio un sujeto que botaba sangre por la boca, luego llegaron los funcionarios de PTJ.
3. CLARA ZONALY GOTOPO ZAMBRANO, quien indico que se encontraba en la barra de el Bahareque, cuando observo a un sujeto que venia con un arma de fuego hacía donde se encontraban los funcionarios de la PTJ sentados, los mando a tirar al suelo, se tiro al suelo y escucho una detonación, y alguien le dijo que ya, y se levanto y vio uno de los funcionarios botando sangre por la boca, luego el dueño del local que es medico tato de prestarle auxilio pero no se pudo hacer nada. El que dijo que era un atraco era moreno oscuro, delgado, alto, de aproximadamente 29 años.
4. ANTHONY MANUEL DACAMARA CONDALES, venia en la unidad bronco en compañía de los funcionarios Erick Moreno, Geraldo Manuel y Miguel Transmonte, al llegar al despacho se bajo con Transmonte y los demás siguieron en la camioneta. Miguel Transmonte lo invito a la Peña Hípica El Bahareque, se percataron que estaba Freddy Torres y se sentaron en una mesa, Transmonte y Freddy estaban jugando caballos, y llego una chama y le dijo a Freddy que en la barra había un chamo de gorra que era pegador, por lo que Freddy le dijo a Trasmonte que se fueran a sacar a los tipos del local, sin embargo Transmonte le dijo que luego. Cuando termino la 9° carrera escucho que dicen mosca y vio al tipo de la barra viene a la mesa donde están sentados con una pistola en la mano y le dijo que se tire al suelo y si estaba armado, y le dijo que no, luego le quito la pistola a Freddy y le dijo a Transmonte que si estaba armado y este le dijo que no, al voltear para ver bien al tipo, escucho una detonación y se tiro al suelo y vio cuando los sujetos salieron corriendo hacía afuera, y observo que Transmonte estaba tirado en el piso, se quejaba y estaba lleno de sangre y lo limpio y lo coloco al un lado porque estaba botando mucha sangre por la boca y corrió al despacho del CICPC, y les informo a los compañeros y salieron al sitio. Solo vio a 2, el que llego a la mesa es un sujeto de piel morena, bajo, delgado, como de 28 años, cabello corto pegado, vestía una franela blanca sin mangas, un Jean azul y una gorra azul marino.
5. BEATRIZ ALEJANDRA DUARTE, labora como banquera en la Peña Hípica donde ocurrieron los hechos, vio a 2 tipos sacaron unas armas y dijeron que nos tiráramos al suelo y se agacho y luego escucho un disparo. Uno de los sujetos era de tes morena, de estatura baja, delgado, de 25 años aproximadamente y vestía una franela blanca y una pulsera de plata gruesa, el otro sujeto era de estatura baja.
6. ADRIAN JOSE MORILLO TREMONT, trabaja de portero en la Peña Hípica El Bahareque, como a las 5 pm, se presentaron 3 sujetos quienes venían hablando entre ellos que iban a jugar caballos en la 5° y 6° y le informo que solo faltaban 2 carreras y que no podían pasar y fue cuando uno de ellos se levanto la camisa y le mostró una pistola y le abrió el protector y 2 subieron a la tasca y 1 de ellos lo apunto y lo llevo a la tasca, cuando llegamos, dijeron que se tiraran al suelo y se escucho una detonación, y fue cuando salieron corriendo los 3, y se quedaron tirados en el piso y de pronto alguien dijo “ya salieron” y se levantaron y fue a la puerta y se entero que había un herido. El que mostró la pistola era delgado, como de 1.70, trigueño, como de 25 años, vestía una franela blanca, el otro era delgado de 1,78, como de 24 años, trigueño, vestía una camisa de color oscuro y un pantalón claro y el otro era obeso, con barriga, como de 38 años, como de 1,65 de altura, usaba una chiva canosa, vestía camisa a cuadros de colores, un pantalón oscuro, y los otros que salieron corriendo solo vi que tenían camisa azul manga corta.
7. OSORIO ADRIAN ROSELL, trabaja en la barra del bahareque, manifesto que como a las 3pm, llegaron 2 tipos y se sentaron un rato pero no pidieron nada, se retiraron y como a las 4 llegaron otra vez y pidieron 2 cervezas, preguntaron si pagaban de una vez y les indico que como quisieran, se miraban sospechosos, cuando de repente entraron 3 tipos armados y dijeron que era un atraco y los dos que estaban en la barra sacaron sus armas y los mandaron a tirar al piso, y escucho un disparo, luego se pararon y estaba un señor en el piso herido. Uno de los ciudadanos es de piel morena, de contextura fuerte, mediana, con gorra como azul, de unos 30 año, vestía franela blanca y blue jeans, el otro es de piel morena oscura, de contextura regular, de estatura mediana, con gorra azul, como de 28 años, vestía franela azul y blue jeans.
8. FREDDY SEGUNDO TORRES GRANDA, quien manifestó que estaba sentado en la ultima mesa cerca de los baños, que se encontraba jugando caballos, observo cuando llegaron, Anthony y Transmonte, cuando lo vieron se sentaron en la mesa con él, empezaron a jugar caballos, como una hora y tanto después le llego una muchacha que le dicen la negra y le dijo que un sujeto que estaba en la barra era choro, se regreso a la mesa y le contó a los demás, quienes le dijeron que ahorita los sacaban y de pronto el tipo de la barra se le encimo y apuntándolo con una pistola y le dijo que le entregara el arma de fuego y se la quito lentamente del cinturón del pantalón, en eso entraron 3 sujetos mas con armas en sus manos que venían hacia ellos y el sujeto le pregunto a transmonte que si tenia arma y este le dijo que no, luego le dijeron a Anthony que se tirara al suelo, y escucho cuando el sujeto que le quito su arma de reglamento disparo, brinco a un lado y no se percato a quien le dio, y como pudo se fue gateando para el baño donde se quedo un rato, luego cuando no escucho ruidos salio y ya estaba la comisión de la PTJ en el lugar. Solo describe al sujeto que lo apunto, quien era delgado de piel morena clara, con gorra azul marino, cara perfilada, nariz perfilada, labios gruesos, pómulos delgados, vestía franelilla blanca y blue jeans, tenia un arma de fuego tipo pistola de color negro
9. BERENICE CAROLINA ARGUELLO SANDOVAL, quien indico que labora en la tasca Hípica el Bahareque, se asomo por la ventana para ver a los clientes y vio en la barra a un sujeto que le pareció conocido, era uno que se la pasaba con unos chamos por el barrio donde vive, llamo a la encargada de nombre Mileida, y le dijo que el sujeto de la barra se la pasaba con un tipo que mataron en la cárcel, y es un choro y hacía tiempo que no lo veía. Ella le fue a decir a un amigo que estaba allí, y regresa a la oficina con Rito, y comenzaron a conversar, de pronto ella dice es un atraco y un tipo entro a la oficina y les dijo que era un atraco y todos al piso y escucharon una detonación, luego de un rato se pararon, salieron de la oficina y vieron un chamo tirado en el suelo, luego llego una comisión de la PTJ y se llevaron al chamo al hospital y luego se entero que había muerto.
10. SANCHEZ WINDER ALBERTO, manifestó que se encontraba de servicio en Chick Chack, y había observado que en un carro sentra negro andaban 5 tipos, tenían rato parados y llamaban por teléfono, hasta que se bajo uno y se metió a la tasca, luego entraron 2 mas, luego a los pocos minutos salieron corriendo y dejaron a uno botado y se fueron en el carro. Luego se entro que habían atracado. Uno es de piel morena de contextura fuerte, de estatura regular de unos 30 años, pelo cortó, usaba gorra negra franela negra y pantalón blue jeans, los otros sujetos no los vio bien.
11. MERCEDES DEL CARMEN TIRADO SALAZAR, a quien le robaron su cartera, contentiva de dinero en efectivo, sus documentos personales y su teléfono celular N° 0416-369.5359
12. KLEYBERTH HIBELT PEREZ ZIRITT, indico ser el dueño de la Tasca Hípica el Bahareque, y que llego con Rito Goitía, fue al baño y vio un sujeto gordo, de piel blanca, como de 1,65 de estatura, como de 25 a 30 años, vestia blue jeas y franela y gorra de color azul que hablaba por el celular y dice dame 5 minutos, salio del baño, entro a la oficina y de pronto llego el sujeto que vio en el baño y lo apunto con una pistola, y le dijo que se tirara al piso que era un atraco, luego escucharon un disparo, luego entro otro negro, y salieron coriendo, cuando levanto la cara vio al negro parado en la puerta y le pregunto que ocurría y dijo que estaba atracando. Luego se paro en la puerta y vio a unos sujetos corriendo saliendo del local, es cuando vio al muchacho tirado en el piso sangrando, trato de auxiliarlo, luego llego una comisión de la PTJ, y luego en la noche se entero que había muerto. El otro sujeto que vi además del baño es de contextura delgada de piel negra, mediano, como de 35 años con franelilla de color anaranjada bermuda de blue jeans y gorra
13. JOSE GREGORIO RODRIGUEZ OLIVAREZ; manifestó que se encontraba en el Bahareque jugando caballo con unos amigos, cuando de repente observo que entro un sujeto gordo, de piel morena, de estatura baja, tenia una gorra, como de 35 años, que tenia una metralleta y dice que era un atraco, y escucho un disparo por la parte de atrás de donde se encontraba y observo que le habían dado un tipo a una de las personas que se encontraba allí.
• Corre inserto Acta de Imputación efectuada en esta misma fecha, 19 de Diciembre de 2007, por ante el Despacho de la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público, donde se le indicó al Ciudadano RONALD RAFAEL MAURI los hechos y el derecho de la presente investigación, debidamente asistido por el abogado designado por el referido ciudadano, Abg. Luís Enrique Rincón Rivera.
Ahora bien, de las actas procesales anteriormente mencionadas, las cuales concatenadas y relacionadas entre sí, configuran para quien aquí decide suficientes y fundados elementos de convicción para determinar que el ciudadano Ronald Rafael Maury es autor o participe de los hechos que le atribuye el Ministerio Público. Hechos estos que no lograron ser desvirtuados por la defensa durante la audiencia de presentación.

3° Una presunción razonable, por la apreciación de las circunstancias del caso particular, de peligro de fuga o de obstaculización en la búsqueda de la verdad respecto de un acto concreto de investigación.

En el presente caso, el peligro de fuga deviene de la pena que pudiera llegar a imponerse conforme a lo dispuesto en la norma bajo análisis tomando en cuenta a su vez que el delito que se le atribuye al imputado prevé una pena de presidio es de 12 a 18 años; debiéndose señalar adicionalmente la magnitud del daño causado, representado por la pérdida de una vida humana, lo cual causa un daño social irreversible.

En atención a todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Tribunal concluye que se acreditan en el presente caso, las exigencias de la normativa adjetiva penal, que hacen procedente el decreto de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra del imputado de autos; y así se decide.

DECISIÓN
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con lo establecido en los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, a los ciudadanos ciudadano RONALD RAFAEL MAURI, quien es de nacionalidad Venezolana, de 26 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-21.492.724, nacido en fecha 04/07/1981, Estado Civil Soltero, de Profesión u Oficio Buhonero, natural de Maracaibo y residenciado en la Calle 900, Casa S/n, del Sector de Manzanillo, Maracaibo Estado Zulia, Alias “EL CUCO”, por estar presuntamente involucrado en la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto en el Artículo 406 Ordinal 1° del código Penal Venezolano, en perjuicio del Ciudadano quien en vida respondiera al nombre de MIGUEL ANGEL TRASMONTE BERMUDEZ; Asimismo se decreta el Procedimiento Ordinario según el Artículo 280 del Código Orgánico Procesal Penal y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con la decisión de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia N° 051818 de fecha 23 de Octubre de 2007. Remítase el presente asunto a la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público en su oportunidad procesal correspondiente. Líbrese las correspondientes Boletas de notificación a las partes de la publicación de la presente resolución. Regístrese, Publíquese y Cúmplase con lo ordenado.

Dada, firmada y sellada en el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCION DE CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, a los Siete (07) días del mes de enero de 2008. Años 197° de la Independencia y 149° de la Federación.

El Juez Segundo de Control

El Secretario

Abg. Víctor Molina Valdez

Abg. Luís Rivero.