REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDA DEL MUNICIPIO MIRANDA

En fecha 12/02/2008, se le da entrada a Despacho de Comisión emanado del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Sala Segunda de Juicio, contentivo de Decreto Ejecución Forzosa de la Sentencia dictada; en consecuencia, este Tribunal ordena librar y remitir oficio al Tribunal Comitente a fin de que informe lo acordado en el Régimen de Convivencia Familiar dictado en la Sentencia que no fue remitida anexa a este Despacho, como lo dicta el comitente y así poderle dar fiel y estricto cumplimiento. Una vez que conste en autos la Comisión plenamente especificada a fin de darle fiel y estricto cumplimiento, se ordenara el traslado y constitución en el sitio que indique la parte interesada, el día y hora que fije este Tribunal, una vez que lo solicite el interesado, la cual se fijará mediante auto separado.-
En fecha 08/07/2008, se dicta auto, por cuanto este Tribunal observa que han transcurrido más de tres (03) meses de inactividad sin que la parte interesada dé impulso al cumplimiento del presente despacho, contándose desde la fecha del auto de entrada; en consecuencia, se ordena su remisión al Tribunal comitente. En esta misma fecha se remite mediante oficio N° 214-2008, constante de siete (07) folios útiles.-