REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BUCHIVACOA, DABAJURO Y MAUROA. CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
DABAJURO: 14 DE ENERO DEL 2008.
AÑOS: 197° Y 148°

Por recibido oficio 0820-1243 de fecha 11 de Enero del 2008, procedente del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, conteniendo actuaciones constantes de un (1) folio útil, Mandamiento de Ejecución, de Medida de Embargo Provisional de Bienes Muebles, que en el Procedimiento de Cobro de Bolívares por intimación.,en contra del Ciudadano DANNI RAFAEL SIERRA GUTIERREZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 13.616.681, domiciliado en este Municipio Dabajuro, Estado Falcón, seguido por la Ciudadana EVANGELISTA RAMONA QUINTERO DE RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad numero 10.700.410 y donde se ha ordenado librar el presente Despacho de Comisión a los fines de Practicar Medida de Embargo Provisional, sobre bienes muebles, sobre el cincuenta por ciento 50% sobre el capital social que posee el ciudadano DANNI RAFAEL SIERRA Gutiérrez, en su carácter de copropietario en la Sociedad Mercantil “ MULTITIENDAS EL REY DEL 100-REYCA C.A” Désele entrada. Este Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Buchivacoa, Mauroa y Dabajuro de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los fines de darle estricto cumplimiento a la Comisión conferida acuerda el traslado y constitución del Tribunal una vez que lo solicite mediante diligencia la parte actora y se cumpla con todos los requisitos establecidos en la Ley de Deposito Judicial. Y en consecuencia este Tribunal fijará día, hora y fecha a los fines de su ejecución mediante auto separado. Cúmplase. La Jueza titular.
Abg.: Magleni G. de Piña.

La secretaria Titular
Abg. Teodora Borregales P.
Nota: Con esta misma fecha se le dio entrada bajo el numero: 80-2008, como esta ordenado en auto anterior.
La Secretaria Titular
Abg. Teodora Borregales
























REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BUCHIVACOA, MAUROA Y DABAJURO. CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
DABAJURO: 16 DE ENERO DE 2008.
AÑOS: 197° Y 148°

Vista la diligencia suscrita por la Ciudadana EVANGELISTA RAMONA QUINTERO DE RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad numero: 10.700.410, asistida por la Abogado en ejercicio OLGA LOPEZ, inpre numero 29.993, donde solicita a este Tribunal la habilitación del tiempo necesario a los fines de la practica de la medida de Embargo Provisional de Bienes Muebles, sobre el cincuenta por ciento (50%) del capital social que posee el Ciudadano Danni Rafael Sierra Gutiérrez, titular de la cedula de identidad numero 13.616.681 y de este domicilio. En consecuencia este Tribunal a los fines de una mejor ilustración en la practica de la ejecución de dicha medida de Embargo Provisional de bienes muebles. Este tribunal solicita a la parte actora y a su Abogado asistente presenten al Tribunal registro de comercio de la Empresa Multitiendas el Rey del 100-reyca c.a y así mismo el Depositario Provisional identificado en la diligencia recibida en fecha 15-01-08 a las 8:50 am presente al tribunal balance personal. Así se acuerda y así se decide.
La Jueza Titular

Abg.: Magleni G. de Piña

La Secretaria Titular.

Abg. Teodora Borregales P.







REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS
MUNICIPIOS BUCHIVACOA, DABAJURO Y
MAUROA. CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO FALCON.
DABAJURO: 16 DE ENERO DEL 2008.

Por cuanto este tribunal tiene conocimiento que el ciudadano JAMAL SALAH JAMALEDDIN KARIN, Venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cedula de identidad N°10.706.610, manifestó por ante este Tribunal no comprometerse como depositario en dicha medida por no tener balance personal.

La Jueza Titular

Abg. Magleni G de Piña
La Secretaria Titular
Abg. Teodora Borregales












REPUBLICA BOLIVARIANA DE VERNEZUELA JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BUCHIVACOA, DABAJURO Y MAUROA.
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
DABAJURO: 16 DE ENERO DE 2008
AÑOS: 197° Y 148°.

Vista la diligencia suscrita por la Ciudadana: EVANGELISTA QUINTERO DE RODRIGUEZ, Asistida por la Abogado en Ejercicio OLGA LOPEZ, ambas identificadas en autos; donde solicita a este Tribunal Ejecutor emita pronunciamiento del pedimento el cual aparece inserto al folio Cinco (5) de las presentes actuaciones procesales. Este Tribunal observa lo siguiente: PRIMERO: Se recibió en fecha: 14-01-08 siendo las 10:35 a.m., Oficio N° 0820-1243 procedente del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil Y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Despacho de Embargo Provisional de Bienes Muebles sobre el 50% del Capital Social que posee el Ciudadano: DANNI SIERRA identificado en autos en su carácter de Copropietario de la Sociedad Mercantil identificada en autos seguido por la Ciudadana: EVANGELISTA QUINTERO DE RODRIGUEZ, identificada en autos y asistida por la Abogado OLGA LOPEZ antes identificada. Este Tribunal en esta misma fecha 14-01-08 admite el Mandamiento de Ejecución de Medida de Embargo Provisional de Bienes Muebles lo cual aparece inserto al folio Tres (3) de las presentes actuaciones procesales contenidas en la Comisión asignada bajo el N° 80-2008 llevada por este Tribunal, así mismo y en fecha 15-01-08 siendo las 8:50 a.m., este Tribunal recibe diligencia suscrita por la parte actora y su abogado antes identificado solicitando urgencia del caso en las actuaciones contenidas en la Comisión N° 80-2008 llevada por este Tribunal . SEGUNDO: Este Tribunal Ejecutor recibe en fecha 15-01-08 siendo las 8:35 a.m., Oficio N° 045 Procedente del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, y Mandamiento de Ejecución de Medida Preventiva de Embargo sobre bienes muebles procedente del Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil ,Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón y a las 8:36 a.m., del día 15-01-08 se recibe diligencia de la parte actora LESVIA DE MARIN y su Abogado MANUEL URBINA identificados en autos solicitando al Tribunal la urgencia del caso Este Tribunal la admite el Despacho de Medida en fecha: 15-01-08. TERCERO: Este Tribunal fija oportunidad para la práctica de la medida tomando como basamento legal que las partes: Actora y su Abogado tengan interés procesal en impulsar la Medida para su practica y en tal virtud se fijo oportunidad como consta en autos en la Comisión N° 81-2008 cumplió con todos los requerimientos exigidos por este Tribunal y no se ha fijado oportunidad para la Ejecución de la presente Medida de las actuaciones procesales contenidas en la Comisión N° 80-2008 porque hasta la presente fecha no ha cumplido con los requerimientos exigidos por este Tribunal como consta en autos. Así se Acuerda y Así se Decide. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR
ABOG: MAGLENI G. DE PIÑA
LA SECRETARIA TITULAR
ABOG: TEODORA BORREGALES















REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BUCHIVACOA, DABAJURO Y MAUROA.
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
DABAJURO: 16 DE ENERO DE 2008
AÑOS: 197° Y 148

Por cuanto este Tribunal observa: Que el mandamiento de Ejecución Procedente del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón no especifica la Cantidad en Bolívares Fuertes a Embargar bienes muebles de la Empresa Mercantil El Rey del 100. Reyca C.A., con el carácter de copropietario el Ciudadano Danni Sierra Titular de la Cédula de Identidad N° 13.616.681 y de este domicilio. Este Tribunal acuerda Oficiar al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón para proveer lo conducente. Así Se Acuerda Y Así Se Decide. Cúmplase. Líbrese Oficio.
La Jueza Titular.-

Abog: Magleni G. de Piña

La Secretaria Titular.-

Abg.: Teodora Borregales


Nota: Con esta misma fecha se libró Oficio N° 4520-07-2008 al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón. Coro.
La Secretaria Titular

Abog: Teodora Borregales




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BUCHIVACOA, DABAJURO Y MAUROA.CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
DABAJURO: 16 DE ENERO DE 2008
AÑOS: 197° Y 148

Vista la diligencia suscrita por la Ciudadana Evangelista de Rodríguez, identificada en autos y asistida por la Abogado Olga López inpre N° 29.993, este Tribunal sugiere a la parte actora presente nuevamente Depositario que reúna las condiciones del Articulo 539 del Código de Procedimiento Civil y el Tribunal podrá confiar el deposito en persona solvente y responsable hasta tanto se efectué el deposito en persona calificada por la Ley. En consecuencia este Tribunal sugiere a la parte actora presente nuevamente en tiempo oportuno el depositario que reúna tales requisitos exigidos por el Tribunal a los fines de fijar oportunidad para la ejecución de la medida. Así se acuerda y así se decide. Cúmplase.

La Jueza Titular

Abg. Magleni G de Piña
La Secretaria Titular
Abg. Teodora Borregales






REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BUCHIVACOA, DABAJURO Y MAUROA. CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON.
DABAJURO: 16 DE ENERO DEL 2008.
AÑOS: 197° Y 148°

Vista la diligencia suscrita por la Ciudadana Evangelista de Rodríguez, titular de la cedula de identidad numero 10.700.410 y asistida por la Abogado Olga López, inpre numero 29.993. Este Tribunal Ejecutor actuando dentro de los limites de la atribución del Comisionado de Conformidad con los artículos 237 y 238 del Código de Procedimiento Civil. Este Tribunal Ejecutor solamente debe limitarse a cumplir la Comisión sin diferirla so pretexto de consultar al Comitente sobre la inteligencia de dicha Comisión siendo en este caso el Juzgado de la causa. Así se acuerda y Así se decide. Cúmplase.
La Jueza Titular
Abg.: Magleni G. de Piña.

La secretaria

Abg. Teodora Borregales P.






REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BUCHIVACOA, DABAJURO Y MAUROA.
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
DABAJURO: 29 DE FEBRERO DE 2008.
AÑOS: 197° Y 148°.

Transcurrido el tiempo requerido de treinta (30) días de Despacho desde la fecha en que se admitió la medida sin que la parte actora y su Abogado asistente identificados en autos impulsen la ejecución de dicha medida. Este Tribunal Ejecutor acuerda devolver por falta de impulso procesal las presentes actuaciones constantes de treinta y cinco (35) folios útiles al Tribunal comitente. Remítase con oficio al Ciudadano Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.
La Jueza Titular
Abg.: Magleni G. de Piña.
La Secretaria Titular
Abg. Teodora Borregales
Con esta misma fecha se envió con oficio numero 4520-23-2008 al ciudadano Juez del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón.Como esta acordado en auto que antecede.
La Secretaria Titular
Abg. Teodora Borregales