REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Sala de Juicio Juez Unipersonal VIII.
Caracas, dieciocho (18) de febrero de dos mil ocho (2008).
197º y 148º

ASUNTO: AP51-S-2008-001283.

Vista la solicitud presentada por el ciudadano HENRRY EMILIANO ADAMES BARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.412.161, y por cuanto se evidencia de las actas, que la ciudadana MARIZA SANCHEZ MARQUINA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-4.169.030, debidamente juramentada por esta Sala de Juicio VIII, aceptó el cargo recaído en su persona, como CURADORA ESPECIAL de la adolescente XXXX XXXX XXXX XXX, titular de la cédula de identidad N° V-19.583.889; y por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la ley; es por lo que este Despacho Judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, le discierne el cargo de CURADOR ESPECIAL de la precitada adolescente, a la ciudadana MARIZA SANCHEZ MARQUINA, ya identificada, con todas las consecuencias legales inherentes al mismo, por cuanto se han cumplido los extremos exigidos en la Ley. Cúmplase.
LA JUEZ

LA SECRETARIA
DRA. MARIA GABRIELA OLAVARRIA

Abg. EMELY VILLAMIZAR.



AP51-S-2008-001283.