REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 19 de febrero de 2008
197º y 148º
Vista la diligencia de fecha 29 de enero de 2008, presentada por el abogado MOISÉS AMADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.120, a través de la cual apela la sentencia proferida por este Juzgado el día 18 de Diciembre de 2007, mediante la cual fue negada la medida solicitada por la parte actora, este Tribunal observa: Por cuanto se evidencia que el apoderado judicial de la parte actora apeló de la referida sentencia en fecha 29 de enero de 2008, siendo que según el libro diario llevado por ante este Juzgado desde el día 18 de Diciembre de 2007, exclusive, hasta el día 29 de enero de 2008, inclusive, han transcurrido los siguientes días de Despacho, los cuales se transcriben a continuación: 19 de Diciembre de 2007; 07, 08, 09, 10, 11, 14, 16, 17 y 29 de enero de 2008,. Los cuales sumados hacen un total de DIEZ (10) DÍAS DE DESPACHO, en consecuencia este Tribunal niega la apelación interpuesta por apoderado actor por ser la misma extemporánea por tardía. Y así se decide.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
EL SECRETARIO TITULAR,
ABG. ELIZABETH BRETO GONZÁLEZ.-
Abg. JOSÉ OMAR GONZÁLEZ.-.
EXP. 25.236
EBG*JOG*Luis M.-