REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas,07 de febrero de 2008
196° y 147°
Promovidos y evacuados como han sido las declaraciones de testigos, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor de derecho, declara las presentes actuaciones de Únicos Universales Herederos del de cujus JOSÉ FRANCISCO AULAR PÁEZ, quien era titular de la cédula de identidad Nro. V- 3.152.158, a favor de los ciudadanos CELIA ANGELINA RODRIGUEZ PRIETO, KERBIN JOSÉ AULAR RODRIGUEZ, DARWIN FRANCISCO AULAR RODRIGUEZ, EDWIN JOSÉ AULAR RODRIGUEZ, NAIROBY CAROLINA AULAR RODRIGUEZ, MARIAN HEYUS AULAR LÓPEZ y YENCYS JOSÉ AULAR MOGOLLON, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de la cédula de identidad Nros. V- 5.225.029, V- 11.934.209, V- 12.377.392, V- 16.598.953, V- 17.720.124, V- 10.633.338 y V- 17.692.992, respectivamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase al interesado previa su certificación en autos dejando en su lugar copia certificada y anotación en el libro de salidas respectivos llevados por ante este Juzgado. Cúmplase.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
EL SECRETARIO,
DRA. ELIZABETH BRETO GONZALEZ.
JOSÉ OMAR GONZALEZ.
Exp. Nro. S-6728.
EBG/JOG/sol**