REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución de Punto Fijo
Punto Fijo, 1 de Febrero de 2008
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2007-001631
ASUNTO : IP11-P-2007-001631

AUTO MEDIANTE EL CUAL SE ORDENA NOTIFICAR AL PENADO EN RELACIÓN AL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS SEÑALADOS EN EL ARTÍCULO 493 DEL COPP


De la revisión del presente asunto se observa que el penado Ángel Jesús Crespo fue condenado a cumplir la pena de dos (02) años y seis (06) meses de prisión previa aplicación del procedimiento por admisión de los hechos, pena esta que no supera el límite de tres (03) años que prevé el último aparte del artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal como limitante para optar por el otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, por lo que dicho penado actualmente opta por tal Formula Alternativa de Cumplimiento de Pena.
Que en fecha de hoy 01-02-08 se recibió procedente de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del estado Falcón, Oficio N° 0031-08 mediante el cual se remite a este Tribunal el Informe Psicosocial practicado al ciudadano Ángel Jesús Crespo, el cual se da por recibido y se ordena agregarlo al presente asunto.
Asi mismo se observa que no consta en las actas que conforman el presente asunto, oferta Laboral a favor del penado, La Certificación de los posibles Antecedentes Penales que pueda presentar, así como el Informe Conductual, requisitos indispensables para la concesión del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena de conformidad con lo previsto en el artículo 493 del Código Orgánico Procesal Penal.
Este Tribunal a los fines de que se cumpla con el trámite respectivo para el otorgamiento del beneficio por el cual opta el penado, es por lo que se ordena notificar al penado Ángel de Jesús Crespo, actualmente recluido en el Internado Judicial para que de cumplimiento a lo establecido en el artículo 493 y consigne a este Tribunal la respectiva Oferta Laboral, Oficiar a la Dirección de Antecedentes Penales solicitando la Certificación de los posibles antecedentes penales que presente el penado y al Director del Internado Judicial a solicitando el Informe Conductual del mismo. Líbrense las notificaciones respectivas. Ofíciese a la Dirección de Antecedentes Penales solicitando la Certificación de los posibles antecedentes penales que presente el penado y al Director del Internado Judicial. Cúmplase.

El Juez Único de Ejecución (E)

Abg. Yraiam Paz de Rubio

La Secretaria,

Abg. Mariela Morillo.