REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRÁNSITO Y DEL TRABAJO. EXTENSIÓN PUNTO FIJO.

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.-
Punto Fijo, 01 de Febrero de 2.008
Años: 197º y 148º
Vista la diligencia de fecha 28 de enero de 2.008 (folio 02), suscrita por la abogada MARIA DARIELA CEPEDA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 46.422, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil SERVICIOS BELLO C.A., (BELLOCA), parte actora en el presente juicio en el cual consigna documento original de TRANSACCIÓN, celebrado por las partes contendientes del presente juicio, a los fines de dar por terminado el presente juicio, el Tribunal y conforme a los argumentos expuestos por las partes en la indicada transacción y por cuanto lo solicitado no es contrario a derecho, le imparte su aprobación en los términos y condiciones establecidas por las partes y la homologa con el carácter de cosa juzgada, tal como lo prevee el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. Así mismo y en virtud de lo acordado por las partes en el documento de transacción en su cláusula Décima Primera, se ordena elaborar cheque de la cuenta corriente Nro. 0007-0113-11-0000000476, aperturada a nombre de este Tribunal contra la entidad bancaria BANFOANDES por la cantidad CIEN MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 100.000,oo), a favor de SERVICIOS BELLO C.A., (BELLOCA).- No se archive el expediente hasta tanto no conste en las actas el cumplimiento de la transacción realizada.- Cúmplase con lo ordenado y déjese constancia.
El Juez Titular,
Abg. Camilo Hurtado Lores.-
La Secretaria Titular,
Abog. Maraly Marín.-





CHL/hjt.-
Exp: 7448.