REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
-EN SU NOMBRE-
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, con sede en Punto Fijo.-
Expediente No. 7689
ACTUANDO EN MATERIA CIVIL.
ACCIÓN: SEPARACIÓN DE CUERPOS.-
SOLICITANTES: CIUDADANOS: DIANA DI CAMILO MAESTRE y JAVIER JESÚS NAVAS BORGES, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-15.141.021 y V-12.787.885, respectivamente, domiciliados en la Avenida General Pelayo, Quinta Ana Maria, Sector Puerta Maraven, jurisdicción de la Parroquia Punta Cardón, de esta ciudad de Punto Fijo, Municipio Autónomo Carirubana del Estado Falcón.-
ABOGADO ASISTENTE: ARACELYS ZAVALA DE GALLARDO, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 5457, del mismo domicilio.-
Mediante solicitud presentada por ante este Tribunal de fecha 15 de Diciembre del 2006, los ciudadanos DIANA DI CAMILO MAESTRE y JAVIER JESÚS NAVAS BORGES, con asistencia de la Abogado Aracelys Zavala de Gallardo, manifiestan su voluntad de separarse de cuerpos y así lo acordó el tribunal mediante auto de fecha 20 de Diciembre del 2006 (folio 6).-
Consta al folio cuatro del expediente, escrito de fecha 8 de Enero del 2008, suscrita por los ciudadanos DIANA DI CAMILO MAESTRE y JAVIER JESÚS NAVAS BORGES, con asistencia de la Abogado Aracelys Zavala de Gallardo, mediante la cual solicita la conversión en divorcio de la separación de cuerpos. Dicho pedimento es providenciado por el tribunal mediante auto de fecha 14 de Enero del 2008 (folio 8), ordenándose la notificación de la Fiscal del Ministerio Público en el Sistema de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, la cual cumplió el Alguacil titular de este tribunal tal como consta mediante diligencia de fecha 23 de Enero del 2008 (folio 09).-
Vencido como se encuentra el lapso concedido a la ciudadana Fiscal Noveno del Ministerio Público en el Sistema de Protección del Niño, del Adolescente y de la Familia del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, el Tribunal pasa a decidir el presente procedimiento y lo hace en los siguientes términos: Se constata de las actas procesales según lo expuesto por los solicitantes, que ha transcurrido el lapso de ley previsto, resultando así procedente la conversión en divorcio del referido procedimiento de separación de cuerpos y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos DIANA DI CAMILO MAESTRE y JAVIER JESÚS NAVAS BORGES, el cual contrajeron el día Ocho (08) de Septiembre del Dos Mil Cinco (2005), por ante el Registro Civil de la Parroquia Punta Cardón, Municipio Autónomo Carirubana del Estado Falcón. Así se decide, impartiendo justicia en nombre de la República por Autoridad de la Ley.- Liquídese la comunidad conyugal.-
-Publíquese y Regístrese-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los siete (07) días del mes de Febrero del año Dos Mil Ocho (2008).- Años: l97º de la Independencia y l48º de la Federación.-
El Juez Titular,
Abg. Camilo Hurtado Lores.-
La Secretaria Titular,
Abg. Maraly Marín López.-
Nota: La anterior sentencia fue publicada en su fecha, siendo las 10:15 p.m., previo el anuncio de Ley. Conste. Fecha ut-supra.-
La Secretaria Titular,
Abg. Maraly Marín López.-

CHL/ Lilia.
Exp: 7689