REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 1 de Febrero de 2008
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL: IP01-P-2007-003773
ASUNTO: IP01-P-2007-003773

AUTO DECRETANDO SOBRESEIMIENTO ORDINAL 3°
Vistas las actuaciones que conforman el presente asunto, así como el escrito anexo a la misma, mediante el cual el Abogado FREDDY FRANCO PEÑA, en su carácter de Fiscal Décimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, solicita el sobreseimiento de la presente causa de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal, donde aparece como Imputado: EUDYS ALVARES, por el motivo de la comisión del delito: LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en los artículos 416 del Código Penal, vigente para la fecha de la comisión de los hechos, cometido en perjuicio de: ALEXANDER GUERRERO y JOSE PIÑA.

LOS HECHOS

-En fecha: 04-08-06, el ciudadano: JOSE RAFAEL PIÑA, denuncio por ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas que el ciudadano EUDYS ALVARES golpeo a sus dos menores hijos WILSON ALEXANDER PIÑA GUERRERO y JOSE PIÑA GUERRERO; es el caso que desde la fecha que ocurrieron los hechos Hasta la presente fecha ha transcurrido tiempo suficiente para que fenezca la acción penal; por tal motivo el Representante del Ministerio Publico solicita el Sobreseimiento del asunto de conformidad con el 318 ordinal 3° de la norma adjetiva penal; siendo procedente lo solicitado por el Ministerio Público en cuanto al sobreseimiento de la causa, de conformidad con el articulo 318 en su ordinal 3 del Código orgánico Procesal Penal; igualmente se estimó que no fue necesario convocar a las partes a una audiencia oral para debatir los fundamentos de la petición fiscal.

DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCÓN, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY DECLARA: EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL Y EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA IP01-P-2007-003773, donde aparece como Imputado: EUDYS ALVARES, por el motivo de la comisión del delito: LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en los artículos 416 del Código Penal, vigente para la fecha de la comisión de los hechos, cometido en perjuicio de: WILSON ALEXANDER PIÑA GUERRERO y JOSE PIÑA GUERRERO, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes. Cúmplase.


ABG. RAIZA MAVAREZ DE ACOSTA
JUEZA QUINTA DE CONTROL

ABG. ELINDA PRIETO CARDENAS
LA SECRETARIA



En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.



LA SECRETARIA