REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Extensión Punto Fijo
Punto Fijo, 1 de Febrero de 2008
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2005-002730
ASUNTO : IP11-P-2005-002730


AUTO DE ACUMULACIÓN

Por cuanto se observa de la revisión que se efectuara del presente asunto, que por ante este mismo Tribunal cursa asunto IP11-P-2005-2372, seguida contra los ciudadanos Henry Díaz, Rafael Esparza y Janette Romero, asunto que ingresara a este Tribunal en fecha 22 de julio de 2005, en virtud de una solicitud de orden de aprehensión en virtud de los hachos acontecidos en el cual perdiera la vida el ciudadano Juan Antonio Miquelena Pulgar, orden ésta que posteriormente y luego de capturados los referidos ciudadanos y efectuada la audiencia oral fue dejada sin efecto, siendo remitido el asunto a la fiscalia sexta del Ministerio Público. Sin embargo en fecha 9 de septiembre de 2005 el Ministerio Público solicita nuevamente orden de aprehensión, pero esta vez, contra los ciudadanos Carlos Jesús Chirinos Mestre, Danny José López Castillo, Eric Daniel Reyes Arrasquel, Faustino José Colina y Harry Daniel Reyes Carrasquel, asunto este que quedo signado bajo la numeración IP11-P-2005-2730.

Ahora bien ambos asuntos conforman el expediente fiscal No. 11F-00959-05, investigación aperturada en virtud de las lesiones y la muerte del ciudadano Juan Antonio Miquelena Pulgar, por lo que esta juzgadora en virtud de lo establecido en el Artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal, en cuanto a que no pueden seguirse diferentes procesos por un solo delito, este Tribunal procede a la acumulación de los dos asuntos conforme a lo previsto en el referido artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal.

En virtud de las consideraciones de hecho y derechos antes expuestas, este Tribunal Tercero de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Acuerda La Acumulación de la causa signada con el No. IP11-P-2005-2372, a la Causa signada con el No. asunto IP11-P-2005-2730, instruida por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA, previsto y sancionado en los artículos 405 en concordancia con el artículo 406, adminiculado con el artículo 424 todos del Código Penal Venezolano, en perjuicio del Ciudadano quien en vida respondiera al nombre de JUAN ANTONIO MIQUELENA PULGAR (Occiso); ello conforme a lo previsto en el artículo 73 del Código Orgánico Procesal Penal; por consiguiente se ordena la acumulación de ambas causas en el Sistema Juris 2000 constituyendo un solo asunto, así como también se ordena la corrección de la foliatura respectiva, la elaboración de la carátula. En consecuencia líbrese boletas de notificación a las partes. Regístrese, publíquese y cúmplase con lo ordenado. Dada, sellada y firmada en el despacho del Tribunal Tercero de Control, en Punto Fijo el primer (1) día del mes de Febrero de dos mil ocho (2008). A los 197º años de la Independencia y 148º de la Federación.-
La Jueza Tercera de Control

Abg. Rita Cáceres
El Secretario,


ABG. LUIS RIVERO

RESOLUCION No: PJ0032008000060