REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Falcón- Punto Fijo
Punto Fijo, Dos (02) de Julio de dos mil Ocho (2008)
198º y 149º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA EN FASE DE EJECUCION
Sentencia Nº PJ0032008000108

De la revisión exhaustiva del presente asunto se constato que, se incurrió en un error material en la Trascripción en las Sentencias Nº PJ0032008000103, de fecha 17 de Junio de 2008 y Nº PJ0032008000107, en el acta Civil levantada en esta misma fecha, de fecha 27 de Junio de 2008, en el Número de Cedula de Identidad del demandante colocándosele de la siguiente manera, Ciudadano: WILMER ANTONIO DIAZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.216.626, siendo lo correcto, WILMER ANTONIO DIAZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.766.892, y como quiera que la Sala de Casación Social del Tribunal supremo de Justicia ha establecido en reiteradas Sentencias que los errores materiales no afectan el proceso, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y CON AUTORIDAD DE LA LEY, se ordena en este acto realizar la Corrección respectiva.
PUBLIQUESE Y REGISTRSE
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con Sede en Punto Fijo. En el día de hoy Dos (02) días del mes de Julio de Dos Mil Ocho (2008). Años: 198° de la Independencia y 149º de la Federación.-
LA JUEZA TEMPORAL
ABG. MIRLA BIANEXIS MALAVE SAEZ
LA SECRETARIA

ABG. DORIMAR CHIQUITO
Nota. En esta misma fecha se cumplió con lo ordenando. Conste.-
LA SECRETARIA

ABG. DORIMAR CHIQUITO
Exp. IH31-L-1996-000002.-