República Bolivariana de Venezuela
Juzgado del Municipio Mauroa
Circunscripción Judicial del Estado Falcón

Mene de Mauroa, 28 de Julio de 2008
Años: 197 y 149

Visto el Ofrecimiento de Obligación de Manutención efectuado por el ciudadano MANUEL EDUARDO ANTEQUERA VALLES, titular de la cédula de identidad No. 15.915.408, en beneficio de la niña (SE OMITE INDENTIDAD DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑAS Y ADOLESCENTES), de dos años y once meses de edad, realizado mediante Acto Conciliatorio celebrado en fecha 17/07/2008 entre el susodicho y la madre de la niña ciudadana YENNYS JOSELIS YANEZ HERNÁNDEZ quien aceptó dicho ofrecimiento y por cuanto lo convenido entre las partes no contrario a la Ley y versa sobre los derechos de la niña, de conformidad con lo establecido en el articulo 365 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, es por lo que este Tribunal del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela HOMOLOGA el presente CONVENIMIENTO, quedando establecida la Obligación de Manutención en la suma de Trescientos Bolívares (Bs. 300,00) mensuales que serán depositado por el Obligado en la Entidad Bancaria Bancoro en la cuenta de ahorros No. 045020369 que fue aperturada en fecha 25/02/2008 a nombre de la referida niña y que guarda relación con la Causa No. 237-08 contentivo del Ofrecimiento efectuado por el hoy reclamado Manuel Eduardo Antequera Valles en fecha 28/01/2008 para Obligación de Manutención la cual fue incrementada en estos términos; así mismo la Obligación aquí establecida se ajustará de forma automática y proporcional tomando en cuenta la tasa de inflación determinada por el Banco Central de Venezuela, de conformidad con lo establecido en el artículo 369 de la referida Ley . Publíquese, regístrese y compúlsense las copias de Ley.
La Juez provisoria,

Abg. DE VALLE OSCARELYS TOVAR ESTRADA
La Secretaria accidental,

Lourdes Saavedra
En la misma fecha de hoy, 28 de julio de 2008, se publicó la anterior Decisión y se registró bajo el No. 19.
La Secretaria accidental,

Lourdes Saavedra