REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintitrés (23) de julio del año 2008.
Años: 198° y 149°
Vista la solicitud que antecede y la justificación promovida y evacuada a tal efecto, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y tal como lo previene el artículo 937 del Código Procesal Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO suficiente sobre la propiedad de un vehículo, CLASE: Camión; MODELO: 350; MARCA: Ford; COLOR: Blanco; PLACA: 97B-RAV; SERIAL DE MOTOR: 8 Cilindro; SERIAL DE CARROCERIA: AJF3WB33268; a favor del ciudadano LEODALDO JOSÉ CORONADO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número 10.830.960; según documento protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro Publico del Municipio Caripe del Estado Monagas, en fecha 29 de agosto del año 2001, bajo el Nº 57, tomo V, protocolo primero, compra que le hiciera al ciudadano José Ramón Guzman Rausseo, titular de la cédula de identidad número 9.897.177, consignada en la solicitud al folio cinco (5).- Déjese copias certificadas de las presentes actuaciones de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.- Déjese copia de las presentes actuaciones en el archivo del Tribunal y entréguese original con sus resultas a los interesados.-
LA JUEZ,
MARIA ROSA MARTINEZ C. LA SECRETARIA,
NORKA COBIS RAMIREZ.
Solic. Nº 12.784
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