REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, nueve (09) de julio de 2008. Años: 198º y 149º
Vista la anterior solicitud y la justificación promovida y evacuada al efecto, el Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil DECLARA las presentes actuaciones TÍTULO DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la de cujus BERTA MENDOZA DE MEDINA, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, de estado civil casada y titular de la cédula de identidad Nº V-3.101.462, quien falleciera ab-intestato, en fecha 25 de marzo de 2001, a favor de los ciudadanos: SALOMON MEDINA BRACAMONTE, JAVIER IGNACIO MEDINA MENDOZA, YARITZA COROMOTO MEDINA MENDOZA, NOEL ANDRES MEDINA MENDOZA, YOLIMAR DEL ROSARIO MEDINA MENDOZA, RAMON JOSE MEDINA MENDOZA, venezolanos mayores de edad, de este domicilio, con números de cédulas de identidad V.3.102.536, V.9.375.176,V.10.507.366,V.11.706.641,V.14.558.584,V.14.558.585 respectivamente. Cumplidas como han sido las presentes actuaciones devuélvanse los originales a su solicitante, previa su anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal y una vez conste que se ha hecho la respectiva certificación de todo lo actuado. A los fines de dejarse copias en el archivo de este Juzgado.
EL JUEZ,

Dr. JUAN CARLOS VARELA RAMOS

LA SECRETARIA,

JANETHE VEZGA C.

Exp. 13.095
JCVR/JVC/Russell.-