REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EL JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.- Caracas, 30 de Julio de dos mil ocho.-
198º y 149º

Por recibido y visto el anterior libelo de demanda, proveniente del Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, y su reforma, así como el recaudo consignado por el abogado Juan Hernández Breton, IPSA No. 42.423, actuando en su carácter de Endosatario en Procuración de la Sociedad Mercantil ATAUDES DE VENEZUELA C.A., domiciliada en Cagua, Estado Aragua e inscrita ante la Oficina de Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 10-06-2005, Tomo 40-A, bajo el No. 80, y cuyas modificaciones se encuentran especificadas en el libelo de la demanda, contra del ciudadano ISMAEL ANTONIO IZAGUIRRE PLANAS venezolano, mayor de edad de este domicilio, Cédula de Identidad No. 2.159.248, por COBRO DE BOLIVARES.- El Tribunal, ADMITE dicha demanda cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la ley.- Fórmese expediente.- En consecuencia, emplácese al ciudadano: ISMAEL ANTONIO IZAGUIRRE PLANAS, en su carácter de aceptante obligado por la letra de cambio descrita en el libelo de la demanda, a fin de que comparezca por ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la citación ordenada, a cualquiera de las horas de despacho fijadas en la tablilla ubicada a las puertas de este Tribunal, comprendidas las mismas entre las 8:30 a.m., y 3:30 p.m., a fin de que de contestación a la presente demanda u oponga las defensas previas que considere pertinente.- Líbrese la correspondiente compulsa con las inserciones de ley y con su respectiva orden de comparecencia al pie, entréguese al Alguacil de este Tribunal encargado de practicar la citación.- Con respecto a la medida solicitada el Tribunal proveerá lo conducente por auto y cuaderno separado.-
EL JUEZ



Dr. ANGEL VARGAS RODRIGUEZ


LA SECRETARIA ACC.,




Abg. SHIRLEY CARRIZALES
En esta misma fecha se insta a la parte interesada consignar los fotostatos respectivos.-
LA SECRETARIA ACC.,





AVR/SC/cl.-
Exp. No. 15.542