REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
Caracas, 30 de Julio de 2.008.
198° y 149°
Promovidas y evacuadas como han sido las declaraciones de testigos, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor de derecho, declara como UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES del ciudadano JUAN EDUARDO RODRIGUEZ RODRIGUEZ, quien en vida fuera venezolano, titular de la cédula de identidad No. V-4.163.436, a su esposa LUDY ISABEL JIMENEZ GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.424.332, y a sus tres (03) hijos legítimos ciudadanos IVAN OSWALDO RODRIGUEZ JIMENEZ, JUAN CARLOS RODRÍGUEZ JIMENEZ y LINDY TIBAIRE RODRIGUEZ JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.450.217, V-16.735.051 y 17.354.535 respectivamente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase al interesado previa su certificación en autos dejando en su lugar copia certificada y anotación en el libro de salidas respectivos llevados por ante este Juzgado. Cúmplase.-
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
EL SECRETARIO TITULAR,
DRA. ELIZABETH BRETO GONZÁLEZ.-
ABG. JOSÉ OMAR GONZÁLEZ.-
Exp.: S-7289
EBG/JOG/Ana*