REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO UNDECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

JUZGADO UNDÉCIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, 04 de julio de 2008.
AÑOS: 198° y 149°
Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, que encabezan las presentes actuaciones, asi como la evacuación de las testimoniales, este Tribunal sin perjuicio de terceros igual o mejor derecho y de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA TITULO SUPLETORIO a favor de los ciudadanos PEDRO JUAN GRASES GALOFRE, MANUEL GRASES GALOFRE, JOSE GRASES GALOFRE y MARIA ASUNCION GRASES GALOFRE, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nos 1.857.847, 3.178.849, 1.849.503 y 2.931.064 respectivamente y/o a la SUCESION GRASES GALOFRE, devuélvase la solicitud en original con sus resultas, previa anotación en el Libro Diario llevado por este Tribunal, déjese copia certificada de la misma en el Archivo de este Juzgado.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

ELIZABETH BRETO GONZALEZ,

EL SECRETARIO,

JOSE OMAR GONZALEZ.



S-6973.