ASUNTO : IP31-S-2008-000228

Vista la diligencia consignada por el ciudadano FRANCISCO ANTONIO CALATAYUD PADILLA, titular de la cédula de identidad Nº. 9.583.268, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio GUILLERMINA POLANCO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº. 36.173, por medio de la cual solicita sea subsanado el error cometido en la sentencia que disuelve el vínculo matrimonial de los ciudadanos FRANCISCO ANTONIO CALATAYUD y MIREYA JOSEFINA PADILLA PADILLA, en lo que respecta a la edad de la ciudadana FRANCISMAR CALATAYUD PADILLA, en este estado, este Juzgador considera que de conformidad con lo establecido en el artículo 177 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, es competente para conocer de la presente causa, razón por la cual SE AVOCA al conocimiento de la misma, ahora bien, con relación a la diligencia antes mencionada este Tribunal provee de conformidad a lo solicitado, toda vez que efectivamente existe un error, ya que se transcribió en letras la edad correcta pero al especificarla en números se cometió un error material, en consecuencia, este Juzgador actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, subsana el error cometido en la línea 13 del cuerpo de la sentencia y aclara a todo efecto que la edad correcta de la ciudadana FRANCISMAR CALATAYUD PADILLA es diecinueve (19) años de edad, asimismo se indica que este auto formará parte integrante de la sentencia, a los fines de aclarar el mencionado punto, ello conforme a los establecido en el artículo 252 del Código de Procedimiento Civil Venezolano. Por último, siendo el caso que ha trascurrido lapso suficiente sin que haya habido apelación, se declara definitivamente la mencionada sentencia de fecha 21/05/2.008 y se decreta en estado de ejecución la misma. Se autoriza al Secretario a certificar las respectivas copias de la sentencia conjuntamente con el presente auto. Líbrese oficio al Registro Principal del Estado Falcón y al Registro Civil de la Parroquia Pueblo Nuevo del Municipio Falcón. Es Justicia.