REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Tribunal Primero de Control Sección Penal Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 23 de Julio de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2007-000106
ASUNTO : IP01-D-2007-000106

RESOLUCION DECRETANDO SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO

Revisada, como ha sido el Presente asunto seguido en contra del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA por la Presunta comisión del delito de Daños previsto y Sancionado en el articulo 473 del Código Penal Venezolano en Perjuicio del Ciudadano PEDRO MANUEL NAVARRO ; Este Despacho luego de analizar todas y cada una de las actuaciones que conforman el asunto pasa hacer las siguientes consideraciones Primero: En fecha 28 DE Junio de 2007, este Tribunal acuerda Declarar con lugar lo Solicitado por el Representante del Ministerio Publico y decreta el Sobreseimiento Provisional favor del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA Segundo: Como quiera que el Ministerio Publico es quien tiene la Potestad para ejercer la acción Penal y solicitar ante el Tribunal el acto conclusivo que considera pertinente y habiendo acordado este Despacho EL SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL solicitado por la Representación Fiscal a favor del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA en fecha 28 de junio del 2007, y vencido como ha sido el lapso establecido en la ley es decir que ha Transcurrido el tiempo legal en el que el Ministerio Publico ejerciera su acción Penal, Sin Reaperturar el Procedimiento y por cuanto ha trascurrido un Año Veinticinco días en el que este Juzgado Dicto el Sobreseimiento Provisional a Solicitud Fiscal y siendo la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente muy Clara y precisa en su articulo 562 con respecto a lapso establecido para que el Misterio Publico Reaperture el procedimiento sin hacerlo Es por lo que este Juzgado Decreta de Oficio el Sobreseimiento Definitivo de conformidad con el articulo 562 la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, a favor del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA y así se decide.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos es por lo que este Juzgado Primero Control con Responsabilidad Penal del Adolescente de Coro Estado Falcón; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Decreta de Oficio el Sobreseimiento Definitivo de conformidad con el artículo 562 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en la causa seguida a el Adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA. En consecuencia Regístrese, Publíquese, Notifíquese a todas las partes de la presente decisión y Remítase la causa al Archivo Judicial participándole de la Presente decisión


Abg. Enialina Ruiz O

La Juez Titular Primero de Control
De la Sección Penal Adolescente




El Secretario


Abg. Jesús Crespo