REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Juicio Sección Penal Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Santa Ana de Coro, 4 de Julio de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-D-2008-000070
ASUNTO : IP01-D-2008-000070



Analizadas las actas que conforman el presente asunto No. IP01-D-2008-000070 que se le sigue a el ciudadano adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA , por Robo Agravado de Vehículos Automotores, se observa que el Tribunal Primero de Control de Responsabilidad Penal Sección Adolescentes Decreto la Flagrancia según lo establecido en el artículo 557 de La Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescentes (LOPNA), debiéndose aplicar, entonces el procedimiento abreviado establecido en el artículos 372 del Código Orgánico Procesal Penal, el cual debe realizarse con tribunal Unipersonal, se evidencia entonces que en fecha 13 de junio de 2008 este tribunal de Juicio Sección Adolescentes le dio entrada a el presente asunto fijando sorteo para la selección de Escabinos para que integraran el Tribunal Mixto, por error involuntario, es por lo que este Tribunal de Juicio Sección de Adolescente en aplicación del artículo 192 del Código Orgánico Procesal Penal, deja sin efecto el auto de fecha 13/06/08 y de fecha 03-07-2008, en consecuencia quedan sin efecto todas las actuaciones subsiguientes a dicho auto y aras de Garantizar el Debido Proceso y que se de Cumplimiento a los Lapsos Procesales establecidos en la Ley este Tribunal Único de Juicio Sección Penal Adolescentes, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley decreta:
Primero: dejar sin efecto los autos de fecha 13/06/08 y de fecha 03-07-2008.
Segundo: Notificar a las partes de la presente decisión. Tercero: Tómese la Fecha de hoy como auto de entrada del presente asunto.
Cuarto: se fija la celebración del Juicio Oral y Privado para el día 18 de julio de 2008 a las 10:00 a.m.
Quinto: Notifíquese a las partes y Ofíciese a Participación Ciudadana.
Sexto: Publíquese y Cúmplase.-


JUEZA UNICA DE JUICIO SECCION ADOLESCENTES
ABG. MIREYA MEDINA CARREÑO