REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
 
Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
 
Coro, 28 de Julio de 2008
 
198º y 149º
 
 
ASUNTO PRINCIPAL 	: IP01-P-2006-002201
 
ASUNTO 			: IP01-P-2006-002201
 
 
 
AUTO DECRETANDO EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES
 
 
En fecha 20 de Noviembre de 2007, este Tribunal, de conformidad a lo establecido en el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal,  fijó un plazo de  Cuarenta y cinco días (45) días, a la Fiscalía Primera del Ministerio Público del Estado Falcón, para que presentara el respectivo acto conclusivo en el presente asunto seguido en contra del imputado CARLOS ENRIQUE VALLADARES, Venezolano, Mayor de edad, titular de la cédula de identidad Número 5.119.564 domiciliado en  Las Calderas, Urbanización Las Carolinas, calle 04, N° 12, Municipio Colina, Estado Falcón.
 
Este Tribunal observa que la Fiscalía Primera hasta la presente fecha no ha interpuesto acto conclusivo alguno en contra del referido imputado, razón por la cual lo ajustado a derecho es decretar el Archivo  de las actuaciones que conforman el  presente asunto, cesando así a partir de la presente fecha todas las Medidas Cautelares a las que se encuentra sometido el imputado antes identificado, de conformidad con lo establecido en el artículo 314 de la norma adjetiva penal y así se decide.                                                                               
 
      Por lo antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley  decreta  El Archivo de las Actuaciones del presente asunto signado con el numero: IP01-P-2006-002201, que se sigue en contra del ciudadano CARLOS ENRIQUE VALLADARES, antes identificado en la causa que se le sigue por la presunta comisión del delito de Homicidio Culposo, de conformidad con lo previsto en los artículos 313 y 314 del Código Orgánico procesal Penal. Notifíquese a las partes. Este Tribunal no teniendo mas requerimientos sobre los cuales pronunciarse, ordena la remisión de las presentes actuaciones a la Fiscalía Primera del Ministerio Público del Estado Falcón. Infórmese al archivo de la presente resolución y actualícese la fase y estado del presente asunto en el Sistema Iuris 2000. Cúmplase.
 
 
JUEZ QUINTO DE CONTROL
 
ALFREDO ANTONIO CAMPOS LOAIZA
 
SECRETARIO
 
                                                                                JUAN CARLOS JIMÉNEZ
 
En esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado.-
 
El Secretario.-
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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