REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL EXTENSIÓN PUNTO FIJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de Punto Fijo
Punto Fijo, 25 de Julio de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : IP11-P-2008-001591
ASUNTO : IP11-P-2008-001591
ORDEN DE APREHENSION
Vista la solicitud presentada ante este Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo por el Abg. LUIS MANUEL MARTINEZ BRACHO, Fiscal Décimo Quinto (E) del Ministerio Publico de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, donde solicita se le expida ORDEN DE APREHENSION JUDICIAL en contra del ciudadano WILSON ISMAEL RIVERO CARRASQUERO (EL COSITO) , titular de la cédula de identidad Nº 19.879.539, toda vez que existen fundados elementos de convicción para estimar que el mismo es autor y partícipe en la comisión del hecho punible que se le atribuye como el delito de HOMICIDIO Y LESIONES, de conformidad con lo previsto en los artículos 405 y 416 del Código Penal Vigente, en perjuicio de los ciudadanos DEIVI JOSE PULGAR (OCCISO) y ROSENDO TURBINES NAISELI BELEN , titulares de las cédulas de identidad Nº 19.058.273 y N° 24.305.306 respectivamente.
Este Tribunal Segundo de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley hace el Siguiente Pronunciamiento: WILSON ISMAEL RIVERO CARRASQUERO (EL COSITO) , titular de la cédula de identidad Nº 19.879.539 a quien se le atribuye la comisión del siguiente hecho: del Acta de Investigación Penal de fecha 28 de mayo de 2008, suscrita por el jefe de guardia adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) de la sub delegación de Punto Fijo se recibió por ante esa sub delegación llamada telefónica informando que en la morgue del hospital Calles Sierra había ingresado el cadáver de una persona adulta del sexo masculino, quien en vida respondiera al nombre de DEIVI JOSE PULGAR presentando varias heridas por arma de fuego, no aportando más detalles al respecto. Hechos estos que se subsumen en tipo penal del delito de HOMICIDIO Y LESIONES, de conformidad con lo previsto en los artículos 405 y 416 del Código Penal. Es de señalar que en las actas que conforman el presente asunto rielan la acta de entrevista rendida por la madre del occiso, la cual manifestó que los hechos ocurrieron en plena vía pública, calle principal con calle la Rosa, barrio la chinita, de esta misma ciudad, mencionando como presunto autor de los hechos a un ciudadano apodado EL COSITA CARRASQUERO, y se le informó a la ciudadana que debía acudir al sitio donde ocurrieron los hechos y una vez allí indicó donde encontró a su hijo, que yacía en el pavimento sin signos vitales y sobre un charco de sustancia pardo rojiza, procediendo a entrevistarse con los moradores del lugar y unos vecinos del sector no quisieron identificarse por temor a represalias en su contra, pero refirieron que sí sabían quien había cometido el hecho y que era EL COSITA pero que desconocían su dirección de habitación. Inspección Técnica N° 1399 practicada en fecha 28 de mayo de 2008 en el lugar donde ocurrieron los hechos, es decir la vía pública por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) de Punto fijo, donde expone que se observaron evidencias de interés criminalísticos, como una sustancia de color pardo rojizo, como muestra tipo “A”, y en sentido sur una concha de bala calibre 9mm fijada como muestra “B”. Inspección técnica N° 1400 de fecha 28 de mayo dfe 2008 en la morgue del hospital Calles Sierra a quien en vida respondiera al nombre de DEIVI JOSE PULGAR suscrita por funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC), registro de cadena de custodia de fecha 28 de mayo de 2008 donde se deja constancia por parte de los funcionarios del CICPC acerca de las evidencias incautadas. Acta de Investigación penal de fecha 28 de mayo de 2008 suscrita por funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) acerca de la verificación realizada ante el SIIPOL del ciudadano hoy occiso DEIVI JOSE PULGAR y del ciudadano imputado WILSON ISMAEL RIVERO CARRASQUERO por cuanto se constató que le corresponden sus datos aportados y que no presenta registros ni solicitudes policiales. Acta de entrevista de fecha 28 de mayo de 2008 suscritas por funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) a la ciudadana MARI DEL VALLE PULGAR madre del occiso quien expone las circunstancias de modo, tiempo y lugar en las cuales se suscitó el hecho denunciado. Acta de entrevista en fecha 29 de mayo de 2008 suscrita por funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) al ciudadano ROSENDO TUBIÑEZ NAIVI DEL VALLE hermana de la víctima NAICELIS ROSENDO herida de bala en la pierna, quien expone las circunstancias de modo, tiempo y lugar en las cuales se suscitó el hecho denunciado. Fijaciones fotográficas al sitio del suceso donde perdiera la vida DEIVI PULGAR. Fijaciones fotográficas al cadáver de DEIVI JOSE PULGAR suscrita por el médico forense del cual se desprende claramente la causa de fallecimiento del hoy occiso. Estos indicios de culpabilidad anteriormente mencionados, hacen presumir a esta Juzgadora que el investigado de auto ha sido autor o partícipe en la comisión del hecho punible que le atribuye el Fiscal del Ministerio Público. Por todos los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA LA ORDEN DE APREHENSION JUDICIAL del ciudadano: WILSON ISMAEL RIVERO CARRASQUERO (EL COSITO) , titular de la cédula de identidad Nº 19.879.539, de 19 años de edad, natural y residenciado en Punto Fijo Estado Falcón (se desconocen más datos personales). Así se Declara. Líbrese los correspondientes Oficios. Notifíquese al Fiscal Décimo Quinto (E) del Ministerio Público.
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG. MARIA CECILIA HUNG CRASTO
LA SECRETARIA.
ABG. YRAIMA PAZ DE RUBIO