REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN
SANTA ANA DE CORO, 30 DE JUNIO DE 2.008
AÑOS; 193° y 144°

Vista la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO presentada por la ciudadana MARIA ANTONIA CHIRINOS DE HURTADO , venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 5.285.005, domiciliada en Puerto Cumarebo Municipio Zamora del Estado Falcón, asistida por el abogado ROLANDO VELARDE ROMERO inscrito en el Nro. 75.577. Désele entrada junto con sus recaudos anexos y anótese en los libros respectivos.
El Tribunal observa que la presente solicitud no es contraria a derecho, en consecuencia ADMITE la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO presentada por la ciudadana MARIA ANTONIA CHIRINOS DE HURTADO.-
“Ahora bien, expone la solicitante: Como se desprende de su partida de nacimiento estampada en los Libros de REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO TOCOPERO DEL ESTADO FALCON Nro. 06, correspondiente al AÑO 1942 pero es el caso que para el momento de asentar la referida partida de nacimiento se incurrió en el error de escribir incorrecto el apellido de su padre como CHIRINO siendo lo correcto CHIRINOS. Es por esta razón que acude ante esta competente autoridad a los fines de que se admita la presente solicitud de conformidad con los artículos 768 y 769 del Código de Procedimiento Civil”.
En consecuencia por todo lo anteriormente expuesto solicita la Rectificación del Acta de Nacimiento en cuestión.
Ahora, bien observa el Tribunal de un análisis practicado al Acta de Nacimiento así como los anexos que acompañan a la presente solicitud, se constata del error material. En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de Rectificación de Acta de Nacimiento, presentada por la ciudadana MARIA ANTONIA CHIRINOS DE HURTADO, correspondiente al año de 1942, Nro. 06 de los Libros Duplicado de Acta de Nacimiento del REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO TOCOPERO DEL ESTADO FALCON Y REGISTRO PRINCIPAL DEL ESTADO FALCON se ordena a la REGISTRO CIVIL DEL MUNICIPIO TOCOPERO DEL ESTADO FALCON Y REGISTRADOR PRINCIPAL DEL ESTADO FALCON, corregir el acta Nacimiento en lo referente a: Donde le colocaron erróneamente el apellido de su padre como CHIRINO siendo lo correcto CHIRINOS.
A los fines de que estampe la debida nota marginal en los libros correspondientes.- Líbrese copia certificada del fallo ordena a las autoridades, a los fines de que se estampen las respectivas nota marginal de conformidad con lo pautado en el artículo 506 del Código Civil.
Déjese copia certificada del presente fallo en el archivo del Tribunal.-
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, a los 30 días del mes de Junio de 2008.-
EL JUEZ SUPLENTE ESPECIAL LA SECRETARIA TITULAR
ABOG. NELLY CASTRO GOMEZ ABG. CECILIA HANSEN

Nota: Se dejó copia certificada de la decisión en el archivo del Tribunal se libro oficios Nros. 0820_______y 0820_______ a las Autoridades competentes.- Conste Coro fecha Ut-Supra
LA SECRETARIA TITULAR
ABG. CECILIA HANSEN

R/Mariamelys
Exp Nro_________