REPUBLICA BOLIVAR
IANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON
ACTUANDO EN MATERIA CIVIL.
EXPEDIENTE Nº 9693
PARTE ACTORA: RUTH MARIA LOPEZ HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. 12.180.609.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:, LUIS ALFONSO FLORES SANCHEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo el No. 85.692
PARTE DEMANDADA: LUIS GUILLERMO ROJAS ARAUJO, venezolano, mayof de edad, titular de la cedula de identidad No. 11.982.454.
MOTIVO: DIVORCIO.
Consta de actas que la ciudadana RUTH MARIA LOPEZ HERNANDEZ, asistida por el abogado Luis Flores demandado al ciudadano Luis Guillermo Rojas por Divorcio. alegando en su demanda que contrajo matrimonio civil por ante la Sección de Registro Civil del Municipio Miranda del estado Falcón en fecha 10 de agosto de 2007. Alega que los primeros 4 meses fueron de armonía, sin embargo en fecha 24 de diciembre de 2007, su cónyuge abandono el hogar, sin dar explicación hasta la presente fecha no ha regresado.
En fecha 09 de junio de 2008, este Tribunal admitió la demanda.
En fecha 11 de junio de 2008, el abogado Luis Flores consigno copia simple del Poder Otorgado por la parte demandante por ante la Notaria Publica Segunda de Maracay, teniendo a la vista el poder original ante la Secretaria accidental de este Tribunal. Así mismo Desistió de la presente demanda
DECISIÓN.
ESTE JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO DE LA CIRCNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY HOMOLOGA, el desistimiento hecho por el apoderado de la parte actora Abogado LUIS ALFONSO FLORES SANCHEZ, Inpreabogado, No.85.692 por cuanto quien desiste tiene plena facultad para hacerlo, de conformidad con el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil,. ASI SE DECIDE.
.PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
DADO, FIRMADO Y SELLADO EN EL JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON. EN SANTA ANA DE CORO A LOS DIECINUEVE (19) DIAS DEL MES DE JUNIO DE DOS MIL OCHO (2008) AÑOS: 197° Y 149°.
EL JUEZ TEMPORAL
ABOG. EDUARDO YUGURI PRIMERA
LA SECRETARIA
ABG. DENNY CUELLO
En la misma fecha se público la anterior decisión siendo las :10:30.A.M., previo el anuncio de Ley, quedando anotada bajo el Nº 280, del libro de Sentencias.xv).-
LA SECRETARIA
Abg., Denny Cuello
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