REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DEL MUNICIPIO MAUROA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN.
Mene de Mauroa, 19 de Junio de 2008.
197° y 149°
EXP N° 247-08.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA

PARTE ACTORA: ALEXANDER ANTONIO ALEMÁN PÉREZ.

PARTE DEMANDADA: DIONELSY CAROLINA MEDINA CÁRDENAS, en representación de la niña: (Se omite identidad de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente)

MOTIVO: OFRECIMIENTO OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN

Visto lo expuesto por la ciudadana: DIONELSY CAROLINA MEDINA CÁRDENAS, titular de la cédula de identidad No. V-19.809.691, en acta de fecha 16 de junio del presente año y que cursa al folio siete (7) del expediente, mediante la cual conviene con el ofrecimiento de la obligación de manutención, para su hija (Se omite identidad de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), de dos (2) años de edad, ofertada por el padre de la misma, ciudadano: ALEXANDER ANTONIO ALEMÁN PÉREZ, titular de la cédula de identidad No. V-21.429.159, y por cuanto dicho convenimiento no es contrario a los derechos de la niña, es por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el presente convenimiento en todas y cada una de sus partes. Asimismo se ajustará de forma automática y proporcional tomando en cuenta la tasa de inflación determinada por el índice del Banco Central de Venezuela, la obligación de manutención aquí establecida, todo en conformidad con lo dispuesto en el artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Dicha obligación será depositada en una cuenta de ahorros que se ordena aperturar en la Entidad Bancoro de este Municipio a nombre de la niña. Publíquese, regístrese y compúlsense las copias de Ley.
LA JUEZ PROVISORIA.,

ABG.: DEL VALLE OSCARELYS TOVAR ESTRADA
LA ….

….SECRETARIA.,


RAMONA LÓPEZ. DE RODRÍGUEZ

En la misma fecha diecinueve (19) de junio de dos mil ocho (2008), y constante de dos (2) folios útiles, se publicó la anterior decisión siendo las tres (2:00) post-meridiem. Se registró bajo el No. 13.

LA SECRETARIA.,

RAMONA LÓPEZ RODRÍGUEZ.